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Economía

Subsidio de Sepelio del SIS: ¿cuánto dinero ofrece para costos funerarios? Monto varía según la edad

¿Lo sabías? Revisa los requisitos y pasos para solicitar este reembolso.

El SIS ha emitido cuatro resoluciones este año para el cobro del seguro de sepelio. Foto: composición LR/Andina

Los gastos funerarios tras el fallecimiento de un ser querido resultan un tema de preocupación. Ante esta situación, el Seguro Integral de Salud (SIS) brinda un apoyo económico a los familiares de los asegurados fallecidos, cubriendo parte de los costos del sepelio. En ese sentido, este beneficio resulta de vital importancia para aliviar la carga financiera en estos momentos difíciles.

En lo que va del año, el SIS ha emitido cuatro resoluciones jefaturales que han acreditado a más de 32.000 personas, quienes pueden acercarse al Banco de la Nación para cobrar este subsidio. Entre los servicios cubiertos se encuentran el ataúd, la capilla ardiente, la mortaja, el nicho y el traslado del difunto al cementerio o al crematorio.

Este es el dinero que el SIS entrega a la familia de un asegurado fallecido por gastos funerarios

El Seguro Integral de Salud (SIS) ofrece una prestación económica destinada a cubrir los gastos de sepelio de los asegurados fallecidos. Este subsidio tiene un monto máximo de S/1.000, que se entrega a los familiares directos del asegurado para ayudar a solventar los costos funerarios y que puede variar dependiendo de los gastos incurridos:

  1. Natimuerto con más de 28 semanas de gestación o recién nacido hasta los 28 días: S/350
  2. Fallecido de 29 días hasta menor a 12 años: S/700
  3. Fallecido de 12 años a más: S/1.000

¿Qué ciudadanos pueden solicitar el subsidio de sepelio del SIS?

  1. Las personas que hayan sido designadas como beneficiarios para recibir este subsidio durante la afiliación al SIS.
  2. Los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercer grado de afinidad, en ausencia de un registrado oficialmente. En este caso, es necesario firmar el anexo 3 AQUÍ.
  3. La persona que realizó el gasto de sepelio previa sustentación.
  4. La madre o el padre del recién nacido fallecido o natimuerto.

Rquisitos para acceder al subsidio de sepelio del SIS

Para solicitar el subsidio de sepelio del SIS, los beneficiarios deben cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación correspondiente. A continuación, presta atención a estas pautas:

  1. Llena y firma la solicitud de pago del subsidio por sepelio que debe ser firmada por el acreditado del fallecido.
  2. Recibo original de los servicios funerarios, cancelado y a nombre del beneficiario.
  3. Copia certificada de Acta de Defunción emitida por Reniec.
  4. Declaración jurada detallando los gastos del sepelio.
  5. En caso de cremación, adjunta la autorización correspondiente.
  6. Si no fuiste previamente designado beneficiario, presenta el Anexo 3, con la declaración de un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercer grado de afinidad AQUÍ.
  7. Si los gastos se hicieron en zona rural: Declaración Jurada de Gastos por servicios hechos

Así puedes cobrar el subsidio de sepelio este 2024

El proceso para cobrar el subsidio de sepelio del SIS se ha simplificado para asegurar que los beneficiarios puedan acceder a los fondos de manera rápida y eficiente. A continuación, se describen los pasos a seguir:

  1. Dirígete al centro de salud donde ha fallecido el asegurado antes de los 60 días calendarios a partir del día siguiente del fallecimiento. Además, puedes ir al establecimiento más cercano a su lugar de origen o donde se afilió.
  2. Presenta los documentos requeridos para que el centro de salud los verifique. Si existen observaciones, estas serán consignadas en el documento de cargo que se remite al acreditado. Para ello, dispondrás de un plazo no mayor de dos días hábiles para realizar las correcciones y si este tiempo vence, se devolverá el expediente.
  3. Consulta el estado de tu trámite a través de este LINK.
  4. Acude al Banco de la Nación y solicita el reembolso. Lleva tu DNI para que retires el dinero en cualquier agencia y lo cobres dentro de nueve meses a partir de la fecha en que fue emitido.

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