El Ministerio de Salud (Minsa) ha comunicado que a partir del sábado 1 de julio del 2023 se permite el uso de las advertencias publicitarias en la modalidad de adhesivos (sticker) o la impresión de forma indeleble en la cara frontal de la etiqueta de los productos procesados que superen los parámetros máximos de azúcar, sodio y grasas saturadas, de acuerdo a ley de alimentación saludable (Ley n° 30021).
La decisión del Gobierno de Dina Boluarte se dio a conocer el viernes 30 de junio, solo un día antes de que termine el plazo otorgado a las empresas para colocar los octógonos de forma impresa en sus empaques, como lo manda la ley.
La entidad explica que esta disposición es adoptada a consecuencia de las Resoluciones n° 0034-2023/SDCINDECOPI y n° 0035-2023/SDC-INDECOPI, de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Indecopi, que en su condición de órgano regulador de la libre competencia califica como barrera comercial arancelaria la prohibición o no adopción de adhesivos para productos importados.
"Exhortamos a las empresas importadoras y mypes la obligación de cumplir estrictamente con las características dispuestas al optar por el uso de adhesivos, teniendo que ser estos de naturaleza permanente, de difícil remoción, indelebles, resistentes a temperaturas bajas o altas según su uso y de buena adherencia para el tipo de superficie que se emplee, asimismo no debe cubrir la información al consumidor", señaló el Minsa.
Tanto el Colegio de Nutricionistas del Perú (CNP) como la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) han rechazado la nueva disposición del Minsa y señalaron que el uso de las advertencias en adhesivos son inseguros e incrementan la probabilidad de incumplimiento de la ley en perjuicio de la salud de los ciudadanos.