
A través de la Ley 31683 se modificó el Decreto de Urgencia 012-2022, que crea el Fondo de Apoyo Empresarial para el Sector Textil y Confección para implementar variaciones. De esta forma, se han cambiado los criterios de elegibilidad de los beneficiarios del FAE-Texco y del fondo Crecer. Asimismo, se ha derogado el artículo 8 del Decreto de Urgencia 012-2022.
A detalle, la norma señala que los beneficiarios del FAE-TEXCO, que son las Mypes que desarrollan actividades de fabricación de productos textiles y prendas de vestir, serán también los que “obtengan financiamiento revolvente y/o no revolvente para capital de trabajo; adquisición de activos fijos, como maquinaria y equipos; y/o consolidación financiera y compra de deuda”. Estose aplicará según los parámetros establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para créditos a microempresas y pequeñas y medianas empresas cuyas ventas anuales del último ejercicio sean hasta 2.300 UIT.
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Por otro lado, se ha modificado el numeral 1 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1399. Es así que las micro, pequeñas y medianas empresas, según el tipo de crédito establecido por la SBS, serán igualmente beneficiarias de todos los instrumentos del fondo Crecer.
Finalmente, se establece la derogación del artículo 8 del Decreto de Urgencia 012-2022, "Decreto de urgencia que crea el Fondo de Apoyo Empresarial para el Sector Textil y Confección".

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