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Economía

Ley 31622: ¿es cierto que la norma criminaliza a los pescadores artesanales?

Congresistas de Fuerza Popular y Perú Libre buscan derogar la ley 31622 porque, según ellos, se pretende criminalizar las actividades de los pescadores artesanales; sin embargo, especialistas en materia ambiental y fiscales explican que esto no es verdad.

Foto: Video de Facebook
Foto: Video de Facebook

El 16 de noviembre de 2022 se publicó la Ley 31622, la cual modifica los artículos 308-B, 308-D y 309 del Código Penal con la finalidad de fortalecer la persecución penal de los delitos contra los recursos naturales.

La norma incluye los delitos de extracción y procesamiento ilegal de especies acuáticas, así como el tráfico ilegal de especies acuáticas, lo que ha sido motivo de alarma para algunos pescadores porque creen que por capturar tallas no permitidas de peces o en zonas de vedas o por salir a pescar sin un permiso serán investigados penalmente.

El abogado y especialista en materia ambiental Percy Grandez explica que esta norma simplemente no aplica para los pescadores artesanales.

“Esta ley ha sido pensada para enfrentar con mayores herramientas a los líderes, financistas y miembros de organizaciones criminales dedicadas al tráfico ilegal de especies. No ha sido pensada para enfrentar a pescadores artesanales”, afirma.

Así, el abogado apunta que son cinco los delitos que podrán investigarse bajo los alcances de la Ley 31622:

  • 1. El tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre
  • 2. La depredación de flora y fauna silvestre
  • 3. El tráfico ilegal de recursos genéticos
  • 4. La extracción y procesamiento ilegal de especies acuáticas
  • 5. El tráfico ilegal de especies acuáticas.

Por ejemplo, estaríamos ante una organización criminal si en un barco se encuentran 12 millones de caballitos de mar ilegalmente extraídos a punto de ser exportados a Asia, considerando que la tonelada tiene un valor de US$ 6 millones en el mercado asiático.

“En un caso como este, es muy probable que exista una organización criminal que opera de forma coordinada, con una debida estructura de mando, nexos internacionales y distribución de roles”, precisa Grandez.

¿Deberían estar preocupados los pescadores artesanales frente a la ley 31622?

De acuerdo a la Sociedad de Derecho Ambiental (SPDA), la modificación del Código Penal mediante la ley 31622 permite que las Fiscalías tengan mejores herramientas para enfrentar casos sumamente graves de pesca ilegal y tráfico de especies silvestres.

“Algunos pescadores temen que pueda haber fiscales que de manera abusiva e injusta se aprovechen de esta norma para incriminarlos como si fuesen parte de una organización criminal. La práctica prueba lo contrario. Los casos de tala ilegal procesados al amparo de la Ley de Crimen Organizado son muy pocos, ya que los fiscales solo utilizan esta vía en casos emblemáticos. Además, también se tiene la ponderación de un juez que evaluará si es que lo planteado es razonable”, señala la institución.

Por su parte, la fiscal provincial en Materia Ambiental del Santa, Evelyn Lamadrid, explica que la ausencia de esta norma no permitía sancionar como es debido el tráfico ilegal de aletas de tiburón y de caballitos de mar, que son especies protegidas.

“Exhorto a los congresistas a que puedan velar por el recurso hidrobiológico, que no desinformen a los pescadores artesanales, lean la norma, para que vean que los antecedentes de esta van en pro de los recursos y los pescadores. Por favor, no nos dejemos engañar”, manifestó la autoridad.

A nivel nacional existen despachos de la Fiscalía Ambiental en donde los pescadores pueden acercarse a conocer con más detalles los alcances de la norma y aclarar todas sus dudas, de acuerdo a la recomendación de Lamadrid.

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