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Economía

Corte Superior de Ayacucho suspendió cobro de deuda tributaria de S/ 80 millones a minera

Juez concedió una medida cautelar a la Compañía Minera San Simón, vinculada a la familia Sánchez Paredes, lo cual impide a la Sunat cobrar la deuda tributaria.

En junio se recaudaron S/ 4.406 millones por impuesto a la renta. Foto: Andina
En junio se recaudaron S/ 4.406 millones por impuesto a la renta. Foto: Andina

El juez Diego Germán Alcántara Domínguez, a cargo del Juzgado Mixto de Vilcashuamán de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, concedió una medida cautelar sin precedentes a la Compañía Minera San Simón S.A. (vinculada la familia Sánchez Paredes), lo cual impide a la Sunat, en representación del Estado, el cobro de una deuda tributaria de S/ 80 millones.

Fuentes del ámbito tributario lamentaron que el citado juez haya dictado una medida cautelar no siendo competente en el caso, reconociendo, incluso, la excepción de incompetencia territorial (Resolución N.° 02 del 22 de julio del 2022). Asimismo, este no habría tomado como referencia la controversia tributaria que tiene el Estado peruano contra la minera, que estaría utilizando argucias legales para no pagar los impuestos que debe.

La medida cautelar fue admitida por pedido de Luis Gutiérrez Gutiérrez, un tercero que no forma parte del proceso concursal y se reconoció la validez de unos bonos emitidos hace más de 30 años, los cuales el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Corte Suprema (Casación N.° 895-2011-Lima) señalan que no tienen validez y han sido prescritos.

Sumado a ello, la disposición del juez impide a la Sunat que participe con voz y voto en la junta de acreedores de la compañía minera, que incluso debería presidir. Con ello está imposibilitada de tomar medidas administrativas que garanticen el pago de las deudas (incluida la tributaria) a todos los demandantes con los que mantiene una controversia judicial.

De acuerdo a fuentes sectoriales, el juez estaría dilatando la resolución de oposición que ha presentado la Administración Tributaria peruana para impugnar la medida cautelar, haciendo caso omiso a los reiterados pedidos de la Sunat para que lo haga e impidiendo el cobro de su deuda en perjuicio del Estado y de todos los peruanos.

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