Con 108 a favor, cero en contra y una abstención, el Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que modifica la ley 29459, ley de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios en materia de su rotulado especial y estudio de bioequivalencia.
Con esta iniciativa se busca promover la transparencia de la información contenida en el rotulado de medicamentos que contribuya en prescripción y uso racional de los mismos.
“En el rotulado de envases de los medicamentos se deberá incluir el nombre del producto según la Denominación Común Internacional (DCI) y en formato y letras claras en tamaño no menor que el nombre de marca si tuviera”, precisa la autógrafa.
En el mercado farmacéutico peruano hay medicamentos genéricos de marca que cuestan hasta 10 veces más que los genéricos sin marca, pese a que el principio activo es el mismo.
Ante esta situación, el rotulado permitirá a los usuarios identificar que el contenido y eficacia es el mismo, por lo que quedará en su elección cuál adquirir.
Es importante precisar que en toda receta médica debe figurar el término en DCI. Está prohibido que el médico prescriba únicamente en el término de marca.
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