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Economía

Multas a grandes empresas que expongan la vida de un trabajador suben en 15%

Desde mañana. Así lo informó Álvaro García, Intendente Nacional de Prevención y Asesoría de la Sunafil. Sin embargo, en micro y pequeñas empresas se mantienen.

Muertes en el trabajo
Muertes en el trabajo

Desde este martes 11 de febrero, se incrementará hasta en 15% las multas impuestas a las medianas y grandes empresas donde se detecte exposición de riesgos laborales a sus trabajadores, o donde se obstruya el proceso de investigación por la muerte de un empleado.

Así lo informó Álvaro García, Intendente Nacional de Prevención y Asesoría de la Sunafil, quien en entrevista con La República dio detalles del decreto supremo publicado hoy y en que - entre otros - faculta a la entidad fiscalizadora a cerrar hasta por 30 días locales que atenten contra la seguridad y vida del trabajador.

Cabe señalar que según el Artículo 48 de dicho decreto, se incrementan las multas a las medianas y grandes empresas, pasando de 45 UIT (193.500 soles) por una infracción muy grave en una empresa con más de 1.000 trabajadores a 52.53 UIT (225 mil 879 soles) desde mañana (Ver cuadro al final de la nota)

“Se estableció que cada dos años el Ministerio de Trabajo revise las tablas de multas. Ya se cumplió el tiempo y producto de un análisis se concluyó que se aumente las multas a las empresas No Mypes, es decir, mediana y gran empresa. se realizaron estudios que permitieron concluir que no se había reducido el índice de incumplimiento. El aumento es de entre 15 y 16%. Para el caso de las micro y pequeñas empresas no hay cambios”, dijo García.

Cabe indicar que esta actualización de multas se estableció en el decreto supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo y en el que se incluyó nuevos supuestos que califican como faltas muy graves:

1. No adoptar las medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores y personas que prestan servicios dentro del ámbito del centro de labores.

2. El incumplimiento de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo que ocasione un accidente de trabajo que cause daño al cuerpo o a la salud del trabajador, que requiera asistencia o descanso médico, conforme al certificado o informe médico legal.

3. El incumplimiento de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo que ocasione un accidente de trabajo mortal.

4. El incumplimiento de la normativa sobre la seguridad y salud en el trabajo que ocasione al trabajador una enfermedad ocupacional, debidamente diagnosticada y acreditada por el o los médicos especialistas según sus competencias.

5. No cumplir con realizar los exámenes médicos ocupacionales y/o no cumplir con realizar la vigilancia de la salud de sus trabajadores.

6. No cumplir oportunamente con el requerimiento de la adopción de medidas en orden al cumplimiento de la normativa de orden sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo.

7. Obstaculizar, por acción u omisión, la investigación de un accidente de trabajo mortal a cargo del inspector del trabajo.

8. No cumplir, en caso de accidente de trabajo mortal, con la orden de cierre temporal del área de una unidad económica o una unidad económica dispuesta por el inspector del trabajo, alterar el lugar en el que se produjo el accidente de trabajo mortal o proporcionar información falsa o imprecisa.

Cierres temporales

De otro lado, García indicó que la Sunafil podrá ejecutar dos tipos de cierres de locales: "cuando se realicen las investigaciones por la muerte de un trabajador y luego, cuando finalice la investigación, podrá imponer un nuevo cierre hasta que la empresa subsane las observaciones.

Durante los períodos de cierre - precisó - la empresa deberá continuar con sus obligaciones contractuales (es decir, seguir pagando) a sus empelados.

Dato

- Cabe indicar que si bien las multas en las grandes y medianas empresas suben respecto al cuadro de multas del 2017, éstas son menores a las sanciones que se aprobaron en el 2006. En esa fecha, las multas llegaban hasta las 100 UIT en empresas con más de 400 trabaajdores.

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