
Hasta el 31 de marzo próximo será el plazo para que las entidades del sector público que no hayan realizado la rendición de cuentas 2019, puedan presentarlo.
Dichas entidades comprenden las entidades públicas, empresas públicas y otras formas organizativas que administren recursos públicos, incluidos las Sociedades de Beneficiencia, quienes deberán presentar su información contable.
En tanto, las demás entidades que sí contaban con un cronograma, excepcionalmente podrán presentar sus rendiciones de cuentas hasta el 31 de marzo de 2020, “por razones debidamente justificadas”.
Así lo estableció el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en una resolución publicada este viernes. Según explica, la rendición de cuentas permiten elaborar la Cuenta General de la República y las estadísticas de las finanzas públicas.

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