Cada vez más compradores en el Perú emplean sus tarjetas para efectuar pagos por las adquisiciones de bienes de cualquier tipo. En ese sentido, los negocios también buscan ponerse al corriente de las nuevas prácticas comerciales sin la necesidad del uso del efectivo; por ello, algunos optan por cobrar ciertos montos por las compras con tarjeta en sus establecimientos.
Este tipo de hechos posiblemente no hayan pasado desapercibidos para algunos clientes, puesto que resulta sorpresivo y hasta incómodo el que puedan agregar un monto adicional por el hecho de optar por un pago con tarjeta. Conoce por qué en se realizan estos cobros.
Los cobros del 5% de la venta o de 1 sol que son exigidos por algunos negocios locales son efectuados debido al costo de transacción efectuada por la transacción efectuada. Al respecto, Jorge Carrillo Acosta, experto en finanzas de Pacífico Business School, señala que los cobros por ventas ejecutadas con tarjetas no solo corresponde a los bancos que prestan el servicio, pues también se recaudan montos por el alquiler del POS que procesa las ventas.
“Hay que precisar que no solo son los bancos los que cobran, primero cobra el adquiriente, o sea el dueño del POS que cobra una pequeña comisión al dueño de la tarjeta y también el banco emisor de la tarjeta.”, indica el experto.
En cuanto al por qué del hecho de la recaudación por la acción, Carrillo Acosta resalta que el cobro realizado por las entidades bancarias y/o financieras tiene una justificación comercial, pues el poder aceptar tarjetas de crédito como medio de pago es un potenciador de ventas.
Algunos negocios optan por cobrar ciertos porcentajes por pagos con tarjeta. Foto: composición LR/La República
“El hecho de poder permitir el pago con tarjeta hace que el establecimiento de las vetas se incrementen, hay una justificación comercial es como tener un potenciador de la venta y al tener ese potenciador. Y ese potenciador no va a ser gratis porque tiene un costo operativo, manejar los POS. Obviamente, hay un riesgo que asume un banco cuando entrega una tarjeta, un banco no lo asume, el establecimiento lo asume (...) todo eso tiene una carga que debe ser cobrada al establecimiento.”, puntualiza Jorge Carrillo Acosta.
El especialista recalca que si bien es un impulsador de ventas, aceptar pagos mediante tarjetas, el cobro por la comisión de transacción puede también desalentar el ingreso de potenciales compradores en el establecimiento, pues se le está dando un costo extra al precio base del producto. Asimismo, recalca que el consumidor final no debería ser quien pague ese costo, sino el negocio.
“Definitivamente, reducen las ventas. Decirle a un cliente con 5% más hace que la tienda pierda ventas, muchos establecimientos definitivamente van a tener menores ingresos. Hay un contrato que tú firmas con los adquirientes o proveedores para o inflar el precio de venta que podría generar un problema potencial con Indecopi”, señala.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, los locales o comercios que apliquen este saldo adicional deben avisar a los clientes apenas ingresan al establecimiento, de manera que no se emita esta información. Asimismo, se debe buscar publicarlo en texto en carteles en el establecimiento.
En conversación anterior para La República, “En caso de que el proveedor diferencie el precio del producto o servicio en función del medio de pago, como tarjetas de crédito u otros, dicha información debe ser puesta en conocimiento del consumidor, de manera destacada, en forma visible y accesible en el local o establecimiento comercial, a través de carteles, avisos u otros similares. En caso de incumplimiento del proveedor, los consumidores no pueden ser obligados al pago de sumas adicionales, debiendo respetarse el precio fijado por el producto o servicio”, se puede leer en el artículo 7 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.