¿Cuál es el peor castigo en el Perú que podrías recibir por no pagar tus deudas?
¿Puedo ir a la cárcel por deuda? Esta es una de las interrogantes más frecuentes que se hacen las personas que deben dinero a un banco. Te contamos qué señala la ley peruana al respecto.
Algunos peruanos suelen registrar deudas en el banco, ya sea para crear un negocio, invertir en su educación o pagar un tratamiento de salud. Por muchos motivos, la población decide obtener un préstamo a fin de contar con elevadas sumas de dinero de manera rápida. No obstante, en ocasiones ocurre que el solicitante no posee el presupuesto suficiente para devolver el monto prestado a la entidad financiera. Ante esto, muchos se preguntan cuál es el peor castigo que se puede recibir por no cumplir con dicho compromiso. ¿Se puede ir a la cárcel por deuda en Perú?
En julio de 2022, una encuesta de Datum reveló que en el país el 31% de la población no tiene ingresos suficientes para vivir y tienen deudas elevadas. Este mismo porcentaje consideró que vivirán durante mucho tiempo endeudados. El informe también dio a conocer que el 76% de peruanos se vieron en la necesidad de adquirir una deuda para afrontar todos sus gastos.
¿Hay prisión por deudas en Perú?
Las personas suelen tener el temor de ir a prisión por no pagar una deuda en Perú; sin embargo, la ley peruana no contempla dicha sanción. Así lo indicó Jackeline López, abogada penalista, en diálogo con La República.
“En el artículo 2 de la Constitución Política del Perú, en el inciso 24, apartado C, se señala que no hay prisión por deuda (en el país). Esto en virtud de que tenemos un derecho garantizado, el cual es la libertad y la seguridad personal. Por dichos motivos, no se puede vulnerar o violar este derecho por un incumplimiento de obligación de un pago de carácter jurídico”, señaló la especialista.
Pero la norma también indica que dicho principio tiene una excepción, el cual es el mandato judicial de prisión por incumplimiento de deberes alimentarios. “La única deuda que puede conllevar a la pena privativa de libertad es el aspecto alimentario (pensión de alimentos)”, expresó Jackeline López. En estos casos, si el juez lo determina, podría emitirse una pena de entre uno a tres años de cárcel.
En el Perú no existe prisión por deudas, según los establecido en la Consitución Política. Foto: DiarioConstitucional
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¿Cuándo se judicializa una deuda en el Perú?
Si bien no existe prisión por deuda a un banco en el Perú, sí hay ciertas penalidades que puede afrontar el deudor. Por ejemplo, la entidad bancaria puede iniciar una acción judicial. Vale indicar que no todas las deudas ameritan un proceso legal.
“Los únicos supuestos dónde podría accionarse de manera judicial es cuando el monto adeudado es alto. Por ejemplo, si estamos hablando de S/50.000 o más, o cuando es un crédito hipotecario que tenga como garante un bien mueble o inmueble, como una casa”, agregó López.
Previo a esta instancia, se puede iniciar un proceso extrajudicial en el que se negocia con el deudor. Así, se le otorgaría un plazo razonable y facilidades de pago para que cancele la deuda. Pero, si a pesar de ello incumple con la devolución del dinero, se procede a la judicialización del caso.
Las deudas que las personas tienen con los bancos se pueden judicializar cuando se trata de un montos altos o son créditos hipotecarios. Foto: BBVA
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Si no hay prisión por deudas en Perú, ¿cuál es el peor castigo que una persona puede recibir?
Jackelin López señaló que las sanciones que puede afrontar una persona por una deuda en el país es ser reportado en una central de riesgo, como Infocorp, de manera negativa, lo cual le generaría dificultades para acceder a otros préstamos en cualquier banco. “Además de esto, (cuando el monto a pagar es elevado o es un crédito hipotecario) se le puede interporner una demanda de obligación de devolver la suma de dinero ante el juzgado civil competente. Esto es lo peor que le pueda pasar a un deudor”, acotó.
¿En qué casos una deuda se convierte en un embargo?
Solo se puede efectuar un embargo cuando se cuenta con una resolución judicial y la misma esté debidamente motivada. “No puede haber un embargo por declaración de una persona. Tiene que haber la orden de un juez y una sentencia judicial”, indicó la experta.
Además, hay bienes que no se puede embargar. Se trata de aquellos elementos básicos en la vida de la persona y de primera necesidad, como una cocina, una cama, entre otros. En cambio, los embargables aquellos susceptibles a valorizar, como un televisor, autos y otros similares.
El embargo de bienes se aplica a partir de una sentencia judicial. Foto: 65YMás