En el Perú, el cálculo de la pensión de alimentos se hace en función a los ingresos del demandado. Además, el porcentaje máximo a abonar es del 60%, según lo establecido en el inciso 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil. De esa forma, si el padre o la madre demandada gana S/ 1200, correspondería dar al hijo S/ 720.
En tal sentido, para obtener una pensión adecuada es importante presentar todos los gastos necesarios para la manutención del menor y los ingresos del progenitor en cuestión.
En caso el menor no tenga ninguna enfermedad o dificultad, la pensión mínima del alimentos es del 20%. Sin embargo, el porcentaje es mayor para aquellos menores que sufren de desnutrición. Otros factores que generarán el incremento del monto es la cantidad de hijos y los problemas mentales y físicos que padezca el menor.
Ten en cuenta que un hijo tiene el derecho de recibir una pensión de alimentos hasta los 18 años de edad. Además, si padece de algún tipo de enfermedad o está cursando estudios en una universidad o instituto, el plazo del pago se podría prolongar hasta los 28 años.
La pensión de alimentos puede aumentar si el menor afronta gastos que supera lo mostrado anteriormente. Por ejemplo, si presenta una enfermedad grave. Cabe precisar que si el apoderado designado de entregar la manutención pierde su trabajo o tiene más hijos, el monto podría disminuir. Sin embargo, ambos procesos deben efectuarse con la debida participación de un juez y el cambio no se hará efectivo hasta que se emita una sentencia del mismo.
En caso el padre o la madre se resista a pagar la pensión de alimentos, se puede recurrir a las siguientes tres vías:
De acuerdo con el portal oficial de la Defensoría del Pueblo, la pensión de alimentos se solicita mediante una demanda dirigida al Juzgado de Paz Letrado del lugar donde vive la madre o padre que demanda o es demandado. Para esto, se debe presentar los siguientes requisitos: