Sociedad

Gobierno propone hasta 8 años de cárcel para los que deñen el patrimonio cultural

Consejo de Ministros aprobó proyecto que busca modificar el Código Penal y endurecer penas para quienes vandalizan, modifican o trafiquen bienes culturales.

Dañar o vandalizar el patrimonio cultural ahora será sancionado con con cárcel. Foto: Difusión
Dañar o vandalizar el patrimonio cultural ahora será sancionado con con cárcel. Foto: Difusión

El Gobierno, a través del Ministerio de Cultura, enviará al Congreso un proyecto de ley que busca "actualizar" los delitos contra el patrimonio cultural después de 34 años de aprobada la norma vigente que castiga estas acciones. La iniciativa aprobada por el Consejo de Ministros apunta a modificar los artículos 226, 227, 228, 229 y 230 del Capítulo Único del Título VIII del Código Penal con el propósito de aplicar penas más severas para los que dañen bienes culturales.

Según la nueva propuesta, en el caso de que se cometan delitos contra bienes inmuebles (artículo 226), se elimina la “exploración” como delito; y se incluye como delito la destrucción total o parcial del bien, así como su alteración sin autorización. En este punto, el delito será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con 240 a 450 días multa. Y si el agente obró por culpa, la pena privativa de libertad será no menor de dos ni mayor de cuatro años.

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Delitos contra bien considerado Patrimonio Mundial

Ahora bien, si el delito se comete contra un bien que forma parte del Patrimonio Mundial, la pena privativa de la libertad será no menor de cinco ni mayor de diez años.

Como se sabe, algunos bienes del Patrimonio Cultural de la Nación cuentan con reconocimiento de la UNESCO como Patrimonio Mundial, lo que implica que su valor y excepcionalidad es de interés de toda la humanidad, por lo que su protección debe ser una prioridad.

En el caso de los delitos contra bienes muebles (art. 228), se precisa que la transferencia, extracción del país, comercialización y su retiro del inmueble prehispánico en el que se encuentra, constituyen delitos cuando no se cuenta con autorización o no se cumplen las condiciones previstas en la norma.

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