Sociedad

Vehículos con 24 años de antigüedad podrán seguir operando hasta diciembre

Tras acuerdo con gremios, el MTC permitirá la circulación de vehículos fabricados en 1998 hasta el 31 de diciembre de 2022. Esto solo aplicará para aquellos que ofrezcan el servicio de transporte de personas.

Originalmente, la fecha de salida de estos vehículos era en 2020. Foto: EFE
Originalmente, la fecha de salida de estos vehículos era en 2020. Foto: EFE

Este sábado 9 de diciembre, a través de un decreto supremo, el presidente Pedro Castillo y el ministro de Transportes y Comunicaciones, Nicolás Bustamante, refrendaron el documento que permite que los vehículos de 24 años de antigüedad sigan operando hasta diciembre de este año.

Pero no solo ello, sino que también los que tienen 23 años de antigüedad podrán hacerlo. En ese caso será hasta fines de diciembre de 2023.

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El DS n.° 006-2022-MTC modifica el “Régimen extraordinario de permanencia para los vehículos en el transporte de personas”, que había sido aprobado en el 2019 por el DS. n.° 017-2009-MTC.

El fin es “permitir que los vehículos fabricados en el año 1998 y 1999, cuya fecha de salida del servicio se encontraba prevista para el mes de diciembre de los años 2020 y 2021, respectivamente, puedan ser habilitados o continuar con su habilitación por el plazo de dos años adicionales, el cual les permitirá recuperar las pérdidas generadas por la falta de continuidad en la prestación del servicio debido a las restricciones dictadas para la contención del COVID-19, detalla.

Además, se determina que, una vez vencida la fecha establecida —31 de diciembre de 2022 y 31 de diciembre de 2023—, la autoridad competente dispondrá de oficio su deshabilitación.

Ejecutivo presenta proyecto de ley para condonar multas de tránsito impuestas en pandemia

Con las firmas del presidente Pedro Castillo y el primer ministro, Aníbal Torres, el Ejecutivo formalizó ante el Congreso la presentación del proyecto de ley que busca condonar las multas de tránsito impuestas a colectiveros y transportistas de carga pesada durante la pandemia de la COVID-19.

De ser aprobado, esto favorecerá a conductores que brindan el servicio de “transporte público terrestre de pasajeros en vehículos menores” y “transporte de mercancías”. Es decir, principalmente autos colectivos y camiones de carga pesada.

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