Loreto: Contraloría detecta perjuicio económico de más de S/ 103.000 en Sedaloreto
Se recibió insumos para tratamiento de agua fuera de los plazos establecidos en el contrato. Se identificó presunta responsabilidad en 1 funcionario y 3 servidores.
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Debido a que en el año 2020 se recibieron insumos químicos para el tratamiento de agua fuera de los plazos establecidos en el contrato, la Contraloría General de la República identificó un perjuicio económico de 103.598 soles en la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de agua potable y alcantarillado de Loreto S.A. (EPS. Sedaloreto S.A.), región Loreto.
La Contraloría, a través de una nota de prensa, indicó que mediante el Informe de Control Específico n.° 002-2022-2-3474-SCE, cuyo periodo de evaluación comprende del 2 de septiembre de 2019 al 31 de diciembre de 2020, se advierte que Sedaloreto recibió insumos químicos de policloruro de aluminio para el tratamiento de agua potable en las ciudades de Iquitos y Requena fuera de los plazos de entrega señalados.
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“De acuerdo al contrato, el plazo de entrega ofertado por el contratista fue de 10 días calendarios, a partir del siguiente día de la recepción de la orden de compra. Por el contrario, el proveedor excedió el tiempo establecido para la entrega de los insumos en 16 días para la orden n.° 2000003 y 14 días para la orden n.° 2000181. Pese a dicha situación, se pagaron las valorizaciones sin aplicar la penalidad por mora al contratista”, precisaron.
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Asimismo, la comisión de control evidenció que funcionarios de la entidad tramitaron la conformidad del pago a pesar que una valorización del expediente para la adquisición de los insumos químicos no contaba con la conformidad cualitativa (constancia de análisis), requisito obligatorio para proceder con el trámite de pago. Por este hecho, se identificó presunta responsabilidad civil y/o administrativa en un funcionario y tres servidores de Sedaloreto.

Planta de tratamiento en Sedaloreto
Las irregularidades detectadas han sido comunicadas, en primer lugar, al directorio de Sedaloreto. Esto, para el deslinde de responsabilidades administrativas de los comprendidos en los hechos irregulares. Y, en segundo lugar, al gerente general para el inicio de las acciones legales civiles contra los involucrados.





















