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Sociedad

MTC: chóferes de buses deben usar mascarillas y protectores faciales de manera obligatoria

El Ministerio de Transportes ha establecido estrictas normas para el sector terrestre así como las sanciones de hasta S/ 2.150, para quienes las incumplan.

La desinfección regular de los vehículos también está contemplada entre las normas del último Decreto de Urgencia del Ministerio de Transportes. (Foto: URPI)
La desinfección regular de los vehículos también está contemplada entre las normas del último Decreto de Urgencia del Ministerio de Transportes. (Foto: URPI)

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha modificado el Reglamento Nacional de Administración de Transporte para establecer sanciones en caso de incumplimiento por parte del servicio terrestre. Entre las que se estipulan en el nuevo Decreto Supremo 016-2020-MTC, figura la retención de la licencia de conducir.

De igual manera la autoridad competente puede impedir el inicio de un viaje o interrumpir uno si se incumplen las medidas de seguridad impuestas para prevenir la propagación de la COVID-19.

Entre las nuevas obligaciones de los conductores de buses se encuentra el uso obligatorio de la mascarilla y el protector facial, “según corresponda, durante la conducción de un vehículo del servicio de transporte”.

Otras disposiciones del texto menciona al aforo en los vehículos, el cual deberá ser igual al número de asientos y no permitir que hayan usuarios viajando de a pie. Asimismo no sentarse en los asientos indicados a no usarse.

“Con el aforo del vehículo, transportando únicamente usuarios sentados como máximo en un número igual al número de asientos señalados en la Tarjeta de Identificación Vehicular, y no permitiendo en ningún caso el transporte de usuarios de pie,” detalla. “No utilizar los asientos señalizados o que no pueden ser empleados en el vehículo”, señala el decreto publicado en el diario El Peruano.

En otro punto solicita incluso “que el vehículo cuente con cortinas de polietileno u otro material análogo implementado por el transportista para el aislamiento entre asientos.”

También se espera la misma responsabilidad por parte de los pasajeros, ya que el ente encargado del transporte solicita “que los usuarios utilicen, durante el servicio, mascarilla y protector facial.” En tanto los operadores de terminales terrestres, estaciones de ruta y talleres de mantenimiento deberán cumplir las medidas mínimas de limpieza y proporcionar las mascarillas a su personal.

Los entes encargados de supervisar y fiscalizar el cumplimiento de estas normas son la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), así como los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales correspondientes.

Tabla de multas para las infracciones del transportista

Tabla de multas para las infracciones del transportista

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Infracciones del conductor

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Infracciones del operador de infraestructura complementaria de transporte

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