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Sala Penal de Cajamarca confirma sentencia por actos contra el pudor

Julián Santos Huamán Aranda fue sentenciado a 10 años 06 meses por agraviar a menor de edad.

Sala Penal de Cajamarca confirma sentencia
Sala Penal de Cajamarca confirma sentencia

La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, confirmó por unanimidad la condena de 10 años 06 meses de cárcel contra el ciudadano Julián Santos Huamán Aranda acusado del delito contra la libertad sexual, en su modalidad de actos contra el pudor en menor de edad.

A través de la plataforma virtual Google Hangouts Meet, la Primera Sala Penal de Apelaciones con funciones de Sala Mixta de Emergencia, presidida por Jorge Fernando Bazán Cerdán e integrada por los jueces superiores Hena Mercado Calderón y Domingo Alvarado Palacios, confirmaron por unanimidad la sentencia condenatoria.

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El ciudadano Julián Santos Huamán Aranda, fue condenado a 10 años 06 meses por ser el autor del delito contra la libertad sexual, en su modalidad de actos contra el pudor en menor de edad, en agravio de la menor de iniciales Y.V.V., contenida en la resolución n.° 04 de fecha 15 de julio de 2019, emitida por el Juzgado Colegiado Supraprovincial Penal de Cajamarca.

De esta manera, el tribunal superior resolvió el recurso de apelación interpuesto por el acusado Huamán Aranda, cuya defensa técnica solicitó la nulidad de la sentencia de primera instancia por una supuesta afectación al principio de imputación necesaria y suficiente, que fue descartada al establecerse que en el caso se verificó un delito continuado.

No hubo irregularidad

La sala superior ha considerado que la actuación del órgano jurisdiccional de primera instancia de Cajamarca, no perjudicó en nada la situación del apelante, por lo que tampoco se puede sustentar que el acusado haya sido víctima de alguna irregularidad en el juicio.

Finalmente, la Primera Sala Penal de Apelaciones con funciones de Sala Mixta de Emergencia, precisó que la sentencia materia de apelación no ha incurrido en vicio que genere su nulidad, por lo que se resolvió confirmar la pena privativa de la libertad.

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