DESACUERDOS. La fiscal Cárdenas planteó 36 meses de prisión para los Malditos de Chumbivilcas. El juez Leva solo aceptó el requerimiento para seis. Según Cárdenas, no hubo una valoración adecuada de los elementos de convicción. Encarcelados permanecerán en penal de Socabaya hasta 2021.,La decisión del juez Eddy Leva sobre el pedido de prisión preventiva a una red de traficantes de terrenos dejó un mal sabor de boca en la fiscal especializada en delitos de Crimen Organizado, María Alejandra Cárdenas. Su despacho planteó que 21 de sus integrantes afronten la investigación en la cárcel por 36 meses, sin embargo, el magistrado Leva consideró que esa condición ameritaba solo para seis. A 17 les otorgó comparecencia restringida y a otro comparecencia simple. PUEDES VER Otro lío por terrenos invadidos implica al renunciante alcalde de Arequipa Casi al borde de la medianoche del sábado, La República abordó a Cárdenas en la cochera del Poder Judicial de Arequipa cuando se marchaba a su casa. Para ella, hubo una sesgada valoración del requerimiento de prisión preventiva. No descarta que en esa decisión hayan influido algunos roces que tuvo con el magistrado durante el desarrollo de la audiencia, que duró 80 horas repartidas en siete días. Se acusa a esta banda, los Malditos de Chumbilvicas, de apropiarse violentamente de un terreno de 172 mil metros cuadrados, Jardines de Chachani de la propietaria Yenny Vargas. Los primeros indicios revelan que funcionarios ediles, incluso el alcalde Alfredo Zegarra, habrían alentado la invasión prometiendo a los usurpadores legalidad. El miércoles pasado, el juez había objetado la forma cómo la fiscal exponía su argumentación. Le pidió orden y celeridad. Cárdenas no se quedó callada y comentó que tenía la sensación que no solo se enfrentaba a los abogados de los investigados, sino al juez. No solo hubo falta de empatía. La fiscal ha cuestionado el fondo de la resolución judicial. La valoración de los delitos. Por ejemplo, la fiscal sostiene que los procesados incurrieron en el delito de Organización Criminal, que prevé ocho años de cárcel como mínimo. Para el juez, el delito es Asociación Ilícita, cuya pena va de 3 a 6 años. Leva considera la Asociación Ilícita para delinquir porque los hechos ocurrieron antes de 2013. La Fiscalía reconoce que los invasores operaron desde 2010 pero continuaban delinquiendo hasta el 20 de marzo pasado, fecha en la que se les capturó. Y por eso debía valorarse lo de Organización Criminal. ¿Qué significa tomar en cuenta uno o el otro delito? Para dictar una prisión preventiva es requisito que el hecho criminal tenga una pena superior a cuatro años. Con el argumento fiscal validado por el juez, hubiese variado la cantidad de encarcelados. “Se hizo una excelente valoración de pruebas, lo felicito (al juez), lo que no hizo es verificar la norma aplicable en el momento como corresponde”, remarcó. LA USURPACIÓN Otra de las polémicas fue la sustentación del delito de Usurpación Agravada. Para el juez no había fundados ni graves elementos de convicción. Adujo que la Fiscalía no hizo precisiones de fecha, lugares y agraviados. Cárdenas lo desmintió. “Consta en el requerimiento inscrito un cuadro con el nombre de los agraviados, fecha, inclusive el número de casos de la carpeta fiscal. No lo habrá leído bien, no lo habrá valorado así, no lo sé por eso es que vamos a apelar”, acotó. Los hermanos Merma, William y José, son sindicados de vender lotes bajo la fachada de la Asociación Transoceánica a decenas de personas. Este delito fue tipificado como estelionato, fraude o engaños para vender un bien ajeno. Este delito solo se consideró para José Merma porque hay contrato de compra y venta firmado. En el caso de William, para el Poder Judicial, no hay elementos de convicción. La fiscal refuta y sostiene que debió tomarse en cuenta la declaración de los testigos protegidos e interceptaciones telefónicas que implicaban también a William Merma. Cárdenas indicó que una posible queja al juez ante los órganos de control dependerá de la presidenta de la junta de fiscales, Miriam Herrera.