Política

Alberto Fujimori: Proceso por esterilizaciones forzadas vuelve otra vez a foja cero

Fallo. Sala Penal ratifica que el proceso contra Fujimori y sus exministros de Salud ya no puede tramitarse con el Código de Procedimientos Penales de 1940. Investigación judicial se perdió definitivamente y ahora la Fiscalía deberá realizar nuevas diligencias.

Requerido. Exdictador es señalado de ser autor mediato de lesiones graves seguidas de muerte, calificado como una grave violación a los DD. HH.
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La Cuarta Sala Penal Superior Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional confirmó que el caso de las esterilizaciones forzadas ocurridas durante el régimen del exdictador Alberto Fujimori se tramitará bajo las reglas del Nuevo Código Procesal Penal de 2004. Así lo determinó el tribunal que preside la jueza Miluska Cano al ratificar la decisión que emitió en marzo de este año el juez Littman Ramírez.

De esta manera, el caso vuelve a foja cero ya que la Fiscalía deberá replantear el caso, formalizar la investigación preparatoria, presentarlo a un juzgado del nuevo Código y llevar a cabo las diligencias necesarias para reunir elementos de convicción para una eventual acusación contra Fujimori y sus exministros de Salud Alejandro Aguinaga, Marino Costa y Eduardo Yong por presunta autoría mediata del delito de lesiones graves seguidas de muerte en un contexto de graves violaciones a los derechos humanos.

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Con la decisión de la Sala Penal se pierde de manera definitiva la investigación que estuvo a cargo del juez Littman Ramírez desde 2021 a 2023. Justamente, el representante del Ministerio Público advertía que dicha información sería dejada de lado si el proceso se adecua a la nueva norma procesal.

Sin embargo, el colegiado dijo que “debe quedar en claro” que los actos de investigación que hizo el juez instructor entre 2021 y 2023 quedaron anulados cuando la Corte Suprema dejó sin efecto, en noviembre de 2023, la resolución que abrió instrucción contra Fujimori y sus titulares del Minsa. Esta última decisión se emitió en el marco de un proceso de amparo que inició Aguinaga Recuenco en Lambayeque.

“La resolución cuestionada estuvo debidamente motivada, al resolver la causa, expresando las razones o justificaciones objetivas para la decisión que es ahora materia de alzada. Esas razones, provienen del ordenamiento jurídico procesal vigente y aplicable al caso en concreto (denuncia formalizada por el fiscal provincial, que aún no ha sido calificada por el juez, serán devueltas a la Fiscalía a efecto que se adecue a las normas del NCPP)”, resolvió el tribunal.

Resolución publicada por El Comercio y a la que La República también tuvo acceso.

Resolución publicada por El Comercio y a la que La República también tuvo acceso.

Cabe hacer la precisión que, por la fecha de los hechos, este caso se venía desarrollando con el Código de Procedimientos Penales de 1940, cuyos procesos se encuentran en liquidación desde la implementación del nuevo Código. Una de las medidas para abandonar el viejo Código es que los casos en los que aún no se había abierto instrucción se adecuen a la nueva norma. Con la decisión de la Corte Suprema al declarar fundado el amparo de Aguinaga, el proceso de las esterilizaciones forzadas retrocedió justamente a dicha fase.

Diversas reacciones

El abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Carlos Rivera, dijo a La República que la decisión no es extremadamente grave porque ahora el Ministerio Público conducirá exclusivamente la investigación, tal como lo ordena el nuevo Código Procesal.

Por otro lado, el Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Demus) emitió un comunicado en el que se precisaba que el caso de las Esterilizaciones forzadas no se archivó ni se ha excluido a Fujimori. En este pronunciamiento también se exige al Poder Judicial no aplicar la denominada “ley de impunidad” que prescribe delitos de lesa humanidad por “inconstitucional y atentar contra los derechos de las víctimas”. Son más de más de 1.300 mujeres del interior del país que fueron sometidas contra su voluntad al procedimiento de anticoncepción quirúrgica que promovió el régimen dictatorial de Alberto Fujimori.

A la espera de la ampliación

El exdictador Alberto Fujimori está comprendido en las esterilizaciones forzadas, pero el proceso está paralizado solo respecto a él. Las autoridades peruanas deben esperar a que Chile amplíe la extradición.

En junio pasado, la jueza de la Corte Suprema de Chile, Andrea Muñoz Sánchez, accedió al requerimiento del Estado peruano para ampliar los cargos contra Fujimori por las esterilizaciones forzadas y otros 4 casos. Este fallo debe ser ratificado por una de las salas penales de la referida alta Corte. Elio Riera, abogado de Fujimori, confirmó a La República que el tribunal de segunda instancia aún no se ha pronunciado.

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