Política

Documentos confirman que Alejandro Soto logró evitar condena gracias a ley que promovió

La 'Ley Soto', norma impulsada por el presidente de la Mesa Directiva, fue uno de los alegatos usados por su defensa en el juicio contra la empresa Waynapicchu S. A. El legislador habría mentido.

Alejandro Soto negó los dos hechos que ahora son comprobados mediante documentos. Foto: composición de Fabrizio Oviedo/La República
Alejandro Soto negó los dos hechos que ahora son comprobados mediante documentos. Foto: composición de Fabrizio Oviedo/La República

Este lunes 7 de agosto, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, participó en una entrevista exclusiva con un medio de televisión en el que negaba rotundamente haberse beneficiado de la Ley 31751, más conocida como la 'Ley Soto', en el juicio contra la empresa Waynapicchu S.A. Según él, tal caso ya había sido archivado en el 2019. Sin embargo, el medio digital Infobae Perú reveló las resoluciones que acreditan no solo la nulidad del archivamiento del caso, sino también los alegatos en los que la misma defensa de Soto apela a dicha ley para lograr que el máximo representante del Congreso sea eximido de pena alguna.

Según Soto, el caso, por el que ahora se encuentra en el ojo de la tormenta a menos de dos semanas de haber asumido la encargatura congresal, había culminado en el 2019, cuando el juez Reynaldo Ochoa declaró fundado el pedido de la defensa del congresista para archivarlo. Sin embargo, y ante la apelación del Ministerio Público y el abogado de la empresa Waynapicchu, los jueces Sarmiento Nuñez, Paredes Matheus y Castielo Andía consideraron que el juzgado en primera instancia había incurrido en "un vicio procesal que, inevitablemente, genera nulidad", y resolvió reabrir el caso.

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Así se detalla en los documentos revelados por el periodista Diego Casimiro, del medio digital Infobae, en los que se precisa que los tres jueces "declararon nulo el auto apelado dictado por el A-quo, en fecha 8 de noviembre de 2019, que resuelve fundada la excepción de prescripción de la acción de pena". Ello, por haber cometido "el vicio insalvable que lo invalida", que manda que "otro juez de investigación preparatoria adelante desde su inicio la audiencia de control de acusación". De esta forma, se dictamina la reapertura del caso, al disponerse "la devolución de los autos a primera instancia".

 Disposición en la que se declara reabrir el caso contra Soto en el 2019. Foto: Infobae

Disposición en la que se declara reabrir el caso contra Soto en el 2019. Foto: Infobae

Ahora bien, no contento con haber afirmado que el caso ya se encontraba archivado en 2019, pese a que no fue así, el presidente del Congreso insistió en la entrevista a Canal N que no se había beneficiado en ningún sentido de esta ley, que fue inicialmente impulsada por Perú Libre, pero que terminó por serle de utilidad.

El legislador, incluso, afirmó con ligereza que "su defensa legal puede argumentar mil cosas", pero que su abogado "está utilizando una norma que no lo beneficia en absoluto". Para él, el caso ya estaba archivado, hecho que con el documento anteriormente presentado quedaba negado. A pesar de eso, el mismo informe del medio detalló que la defensa de Soto no había argumentado "mil cosas", sino un par de hechos en concreto.

 Alegato de la defensa de Soto. Foto: Infobae

Alegato de la defensa de Soto. Foto: Infobae

En la resolución del juez Carlos Román Gil, del Tercer Juzgado Unipersonal de Cuzco, que resolvió archivar dicho caso este año, se precisa que el abogado del presidente del Congreso detalla a la Ley N.º 31751, más conocida últimamente como la 'Ley Soto', como el quinto alegato presentado ante el Poder Judicial para solicitar el archivamiento y eximir a su patrocinado de cualquier responsabilidad penal.

Como si no fuera suficiente, en la resolución final del Poder Judicial con la que Soto finalmente fue liberado de toda imputación legal, se precisa que el juzgado resuelve "fundada la prescripción de la acción penal". Asimismo, se detalla que entre los motivos para esta decisión está "el sobreseimiento por extinción de la acción penal, por prescripción de la acción penal", exactamente el tema del que trata la Ley N.º 31751.

 Decisión del Juzgado se basa en la ley aprobada este año. Foto: Infobae

Decisión del Juzgado se basa en la ley aprobada este año. Foto: Infobae

 Ley promulgada este año. Foto: Captura El Peruano<br><br>

Ley promulgada este año. Foto: Captura El Peruano

Pese a todas estas aclaraciones, que deslegitiman las aseveraciones de Soto, el presidente del Congreso continúa apostando por su inocencia e, incluso, ha insistido en que "se defenderá" una vez que todo el tema "sea aclarado".

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