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Política

TC declara nula comisión del Congreso que investigó supuesto fraude en las elecciones del 2021

El grupo de trabajo estuvo presidido por el parlamentario Jorge Montoya, de Renovación Popular. Entre octubre del 2021 y enero del 2022, la comisión gastó S/148.478 del dinero de los peruanos y peruanas. Sin embargo, no llegó a demostrar ningún fraude.

Jorge Montoya. Parlamento decidió conformar dicho grupo con solamente 46 votos. Foto: composición LR/La República/El Peruano
Jorge Montoya. Parlamento decidió conformar dicho grupo con solamente 46 votos. Foto: composición LR/La República/El Peruano

El Tribunal Constitucional declaró nula la aprobación de la comisión del Congreso de la República que se creó para indagar sobre el presunto fraude durante las elecciones generales del 2021. En agosto de dicho año, el Parlamento decidió conformar dicho grupo con solamente 46 votos; sin embargo, ahora el órgano supremo ha fallado en favor del Jurado Nacional de Elecciones (2021).

"El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda competencial interpuesta por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) contra el Congreso de la República y, por ello, nula la aprobación de la moción de orden del día 028, que propuso constituir una Comisión Investigadora del Proceso de Elecciones Generales de 2021, y la nulidad de todos los actos derivados o que son consecuencia de dicha actuación parlamentaria", informó mediante una nota de prensa.

Como se recuerda, el congresista que presidió aquel grupo de trabajo fue Jorge Montoya, de Renovación Popular. No obstante, es importante mencionar que dicha comisión fue severamente cuestionada, puesto que, en febrero del 2022, La República comprobó que, entre el costo personal y administrativo, se gastaron 148.478 soles del dinero de los peruanos y peruanas.

Por otro lado, el comunicado del Tribunal Constitucional hace énfasis en otro aspecto fundamental: la cantidad de parlamentarios que respaldaron la comisión. Según la entidad estatal, el grupo "no fue válidamente aprobado porque no reunió el número de votos exigido por el artículo 88 del Reglamento del Congreso, vale decir, un 35% del número legal de congresistas".

En aquella oportunidad, los votos de Fuerza Popular, Avanza País y Renovación Popular, agrupaciones que sostenían el imaginario de un presunto fraude electoral, solo sumaron 46. En tanto, hubo 50 en contra y 28 abstenciones. Aun así, el Pleno del Poder Legislativo decidió aprobar la propuesta.

"Asimismo, la sentencia asume que el Congreso de la República puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público, conforme al artículo 97 de la Constitución y el Reglamento del Congreso. En consecuencia, ello no menoscaba las competencias del JNE, establecidas por la Constitución y su ley orgánica", concluyó.

El presente fallo fue admitido por los magistrados César Ochoa Cardich, Luz Pacheco Zerga y Helder Domínguez Haro.

Egresada de Comunicación Social en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). Creyente en el periodismo social. Interesada en temas de derechos humanos, ambientales y culturales.