Congreso amplia vigencia a 4 años para la formalización de vehículos colectivos
Con 83 votos a favor, la norma entrará en vigor al finalizar el plazo original y prevé una prórroga, que dependerá de lo dispuesto por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Durante la noche del último viernes, 13 de diciembre, el Pleno del Congreso de la República aprobó, por mayoría, la medida que extiende por cuatro años más la vigencia de la Ley 31096. Esta ley establece las disposiciones necesarias para la formalización del transporte terrestre de pasajeros en autos colectivos.
Teniendo 83 votos a favor, seis en contra y nueve abstenciones, el dictamen logró aprobarse, así como la exoneración de una segunda votación.
De acuerdo con lo establecido en dicha norma, esta entrará en vigor una vez vencido el plazo original estipulado en la quinta disposición complementaria de la citada ley. Asimismo, se mantendrá el plazo para una prórroga adicional, que estará sujeta a la disposición del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o de otra autoridad competente.
Por su parte, el Poder Ejecutivo dispondrá de un plazo de 60 días para adecuar el reglamento de dicha ley a la prórroga y a las modificaciones aprobadas por el Congreso de la República.
Finalmente, entidades como la Sutran, la ATU, así como gobiernos regionales y locales, deberán presentar un informe cada 6 meses a la Comisión de Transportes del Congreso, en el que se detallen los avances y el cumplimiento del proceso de formalización de estos automóviles.
Buscan evitar desórdenes generados por autos colectivos
Según lo manifestado por la presidenta de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, Marleny Portero, esta medida tiene como objetivo prevenir el caos, la congestión y otros problemas ocasionados por los automóviles colectivos que operan en puntos donde ya funciona el transporte público regular.
No obstante, agregó que esta propuesta también tiene como objetivo satisfacer las necesidades de movilidad de los usuarios en zonas no cubiertas por el transporte público, con el fin de evitar que pierdan tiempo recorriendo largas distancias para llegar a un paradero específico.
Por otro lado, la norma establece que las zonas de Lima Metropolitana y el Callao quedan excluidas del alcance de la Ley 31096.