Sancionarán con 15 años de prisión a quienes bloqueen carreteras
En protestas. Primer ministro Otárola anuncia penas más severas en casos de disturbios. A través del DL 1589, se dispone prisión mínima de 15 años para los que afecten bienes públicos.
El premier Alberto Otárola anunció la publicación del Decreto Legislativo n° 1589, en edición extraordinaria de El Peruano, que modifica el Código Penal para aumentar las penas para los que causen disturbios durante las protestas y provoquen la muerte de personal civil, militar o policial con prisión mínima de 15 años.
El decreto legislativo dice que si “causan un daño grave a las personas o propiedad pública o privada, las penas suben de 6 a 8 años. Si causan un daño grave sobre recursos, infraestructura o sistemas para mantener las capacidades nacionales vinculadas a los servicios públicos, las penas son no menores de 8 ni mayores de 10 años”.
Señala que si se usan indebidamente prendas o dispositivos de las FF. AA. o la PNP, la pena es de 8 a 10 años; y si se atenta contra la integridad física de las personas civiles, la pena va de 8 a 12 años. Además, indica que si se afectan las vías terrestres nacionales, fluviales, generación de energía, infraestructura ferroviaria, aérea, prácticamente todos los locales públicos, la pena sube de 10 a 15 años.
El abogado Juan José Quispe explicó que con esta norma se pretende poner fin a las protestas sociales, debido a que se están modificando los delitos de entorpecimiento del funcionamiento de servicios públicos y el delito de disturbios con circunstancias agravantes.
Explica que establecer una pena no menor de 15 años cuando se atente contra la integridad física de las personas tiene una connotación mayor, pues “el Código Penal dice que la pena privativa es desde 2 días hasta 35 años, y cuando es no menor de 15 años significa que la prisión es no mayor de 35 años”.