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Política

TC había decidido excarcelar a Fujimori en junio, pero oficializaron medida durante crisis en el Ministerio Público

La vicepresidenta del Tribunal Constitucional indicó que la obligación del juez es darle libertad a Alberto Fujimori.

Tribunal Constitucional se reafirma en liberar a Alberto Fujimori. Foto: composición / La República
Tribunal Constitucional se reafirma en liberar a Alberto Fujimori. Foto: composición / La República

Luz Pacheco Zerga, vicepresidenta del Tribunal Constitucional, se pronunció tras el auto emitido ayer en el que le pedían al Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica ejecutar la excarcelación del expresidente de la República Alberto Fujimori de manera inmediata. Para sorpresa de muchos, esta decisión fue anunciada en medio de una crisis en el Ministerio Público. Sin embargo, la magistrada precisó que la decisión de excarcelar a Fujimori fue tomada en el mes de junio.

“Bueno, son coincidencias de la vida, no es que lo hayamos pretendido hacer de esa manera. Fíjate, yo tuve esa ponencia el 31 de octubre y como es una decisión difícil ha habido debates y el 21 de junio hemos decidido, pero recién se ha culminado la recolección de firmas ayer, y ayer es que ha salido, coincidió con todo lo que está ocurriendo en el país, pero de ninguna manera esto ha sido exprofeso”, declaró a La República.

Tras ser cuestionada sobre qué decisión tendría que tomar el juez de Ica con respecto al caso de Alberto Fujimori, la vicepresidenta del Tribunal Constitucional respondió que ellos indirectamente están ordenando la excarcelación del exmandatario.

"La sentencia que nosotros estamos confirmando indirectamente lo que ordena es la excarcelación del señor Fujimori. Por tanto, la obligación que tiene el juez es de excarcelarlo", enfatizó.

Sobre el fallo de la CIDH

Pacheco Zerga indicó que todos los magistrados tenían conocimiento de lo dispuesto por la CIDH. Sin embargo, en esa etapa del proceso no les correspondía revisar ningún tipo de documentación para confirmar el cumplimiento de los requisitos que la Corte pedía para el indulto.

"Nosotros tenemos conocimiento del pronunciamiento de la Corte y, de hecho, se nos solicitó justamente, por el abogado del señor Fujimori, que nos pronunciáramos al respecto, pero en esa etapa procesal no cabía porque ya estaba cerrada la sentencia. Como te digo, es inimpugnable, lo único que nos correspondía hacer era reafirmar la viabilidad. Como te digo, el juez debe actuar conforme a sus atribuciones. Lo que le corresponde a él, en principio, es ejecutar la sentencia en los términos que esta ha sido emitida (…). En este caso, la resolución es posterior a la sentencia y esa resolución (…) no anula la sentencia, la sentencia sigue vigente, por tanto, había que seguir con el procedimiento", recalcó.

 El año pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que el Estado peruano debía “abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú que restituye los efectos al indulto por razones humanitarias”. Foto: composición / La República

El año pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que el Estado peruano debía “abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú que restituye los efectos al indulto por razones humanitarias”. Foto: composición / La República

¿Qué sucedería si el juez no ejecuta la excarcelación de Fujimori?

La vicepresidenta del Tribunal Constitucional indicó que el abogado de Alberto Fujimori o la familia podrían apelar a lo dispuesto por el juez y el documento regresaría a su poder, en donde ellos evaluarían nuevamente lo señalado y tomarían las medidas correspondientes para que su decisión sea ejecutada siguiendo los debidos procesos.

"Ellos (la defensa de Fujimori) pueden utilizar la vía que les corresponda, una de ellas es la apelación por salto, que quiere decir que (el documento) no va a la Sala Superior, sino que directamente regresa al Tribunal y expone la persona que ve que no se cumple la sentencia las razones por las que no se está cumpliendo (…). Entonces, ahí nosotros vamos a poder decir con detalle cómo es que nos vincula con este caso en concreto. Cuando es una apelación por salto, básicamente es qué decidimos nosotros, qué está diciendo el juez, es una cuestión de puro derecho al final. (…) Ya sin necesidad de más trámite, nosotros ordenamos nuevamente, ya con precisión, lo que tiene que hacer y ahí sí sería bajo responsabilidad", refirió la magistrada.