PJ concede a trámite apelación fiscal de aplicar 36 meses de prisión preventiva a excomandante general PNP
Javier Gallardo, excomandante general de la PNP, y tres implicados más están involucrados en el caso de los ascensos irregulares a oficiales durante el gobierno del expresidente Pedro Castillo.
El pedido de apelación de la Fiscalía para que el excomandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP), Javier Gallardo, y otros tres implicados cumplan prisión preventiva por 36 meses respecto al caso de los ascensos irregulares fue concedido a trámite por el Poder Judicial (PJ). Recordemos que esto se dio a conocer durante la gestión de Pedro Castillo.
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Antecedentes
En primera instancia, el Poder Judicial había aplicado comparecencia con restricciones e impedimento de salida del país por 36 meses al excomandante general Javier Gallardo; al general PNP Luis Enrique Legua Egocheaga; al mayor en situación de retiro Luis Ángel Tuesta Ramón; y al suboficial Jorge Tarrillo Gálvez, exescolta del mandatario Pedro Castillo, por los ascensos ilegales en la Policía Nacional.
Esta medida fue aprobada por el juez Leodan Cristobal Ayala.
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Ante este escenario, la Fiscalía decidió solicitar un pedido de prisión preventiva contra los agentes policiales antes mencionados; sin embargo, el juez Cristóbal Ayala declaró infundada la solicitud. Esto ocurrió el último 21 de enero.
Tras lo sucedido, el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder procedió a apelar y mantuvo firme su postura de que los involucrados pasen a la condición de prisión preventiva por 36 meses. En ese sentido, el último domingo 26 febrero, el PJ concedió a trámite la apelación fiscal requerida porque había sido sustentada con todos los requisitos que se exigen.
Asimismo, el órgano judicial determinó que sea la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional la encargada de convocar a una audiencia con todas las partes en cuestión.
Cabe precisar que la motivación del Ministerio Público para apelar la decisión preliminar del Poder Judicial fue porque, según la institución del Estado, no se había llevado a cabo un debido proceso y tampoco se habría valorado adecuadamente los elementos de convicción, el peligro procesal, la proporcionalidad de la medida y el plazo.