Política

JNJ publica reglamento de procedimiento para evaluar a jueces y fiscales

Se trata de un medio de evaluación al que están sujetos jueces y fiscales titulares de todos los niveles del sistema de justicia.

Consejeros. La JNJ está por concluir la elecciones de jefes de la ONPE y Reniec. Foto: Virgilio Grajeda.
Consejeros. La JNJ está por concluir la elecciones de jefes de la ONPE y Reniec. Foto: Virgilio Grajeda.

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) publicó este domingo 20 de diciembre el reglamento de procedimiento de evaluación integral y ratificación de jueces y juezas del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Público.

Mediante este documento se establecen las disposiciones generales, la información previa, la participación ciudadana, el procedimiento y expediente, la evaluación, el informe, la decisión final, la reconsideración y las medidas complementarias, finales y transitorias.

La finalidad del medio de evaluación integral y ratificación es fortalecer y mejorar el sistema de administración de justicia, “promoviendo un servicio público independiente, imparcial, idóneo, predecible, confiable, eficiente, transparente y libre de corrupción”, según el reglamento. Además, se asegura “el mantenimiento de las capacidades y cualidades personales y profesionales que garanticen el correcto ejercicio de las funciones fiscales y judiciales involucradas”.

A este procedimiento están sujetos jueces y fiscales titulares de todos los niveles. Los únicos que están excluidos son quienes provienen de la elección popular o los que, una vez convocados, han operado alguno de los presupuestos de terminación de la carrera.

Estos no son los únicos a los que la JNJ le solicita información sobre los aspectos que son materia de evaluación, sino también se le pide a instituciones públicas y privadas, y a cualquier otra persona natural o jurídica, a fin de contar con los elementos necesarios para cumplir sus funciones. Además, cualquier ciudadano puede informar acerca de situaciones que incluyan conflictos de interés.

Al final se elaborará un informe individual en el que se consignen las calificaciones de cada uno de los evaluados.

Estas conclusiones son notificadas al juez, jueza o fiscal evaluado. Si se trata de supremos del Poder Judicial y del Ministerio Público, la comisión tendrá en el informe el lugar, fecha y hora para la visita pública.

Se indica también que “el informe oral podrá ser realizado de forma presencial o virtual, bajo el procedimiento regulado en la Directiva respectiva”. Los miembros del Pleno podrán formular las preguntas que estimen pertinentes, así como también la ciudadanía podrá sugerir otras propias.

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