Política

Congreso: solicitan que se debata con urgencia PL que agrava penas por violación grupal

El pedido del congresista Aliaga Pajares está sustentado en el incremento de estos “abominables delitos” en el país. Agregó que es necesario que la Comisión de Justicia debata el proyecto con urgencia.

observaciones. Congreso aprobó ley para Majes II, sin tener en cuenta informe del MEF que señala que norma es inviable.
observaciones. Congreso aprobó ley para Majes II, sin tener en cuenta informe del MEF que señala que norma es inviable.

El parlamentario Guillermo Aliaga, de la bancada de Somos Perú, solicitó a la presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso que se debata con carácter de urgencia el proyecto de ley Nº 4116/2018-CR que agrava la pena para violadores que difunden las imágenes de sus actos y para los atacadores grupales.

Fue este miércoles 21 de octubre que el legislador realizó el pedido mediante un oficio. En este manifestó que, además del debate, se proceda con la votación de dicho proyecto el en grupo de trabajo que lidera la congresista Leslye Lazo Villón.

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Aliaga Pajares agregó que el PL se encuentra en la comisión desde abril de 2019 y, a la fecha, no se estimó seguir el proceso. Respecto a su petitorio, sustentó que responde a los “abominables delitos que se vienen incrementando”. Además, a través de su cuenta de Twitter indicó que “las mujeres tienen todo el derecho a decir ‘a mí me gusta la vida social’”.

Precisiones de la ley que sanciona y agrava pena para violaciones grupales y atacantes que difunden los actos

El proyecto de ley Nº 4116/2018-CR, que sanciona y agrava la pena para los violadores que difunden sus abominables actos y para las violaciones generales, establece la modificación del artículo 170 del Código Penal, específicamente en los incisos 1 y 14 e incorporar medidas de sanción más fuertes.

La pena privativa de libertad será no menor de veinte ni mayor de veintiséis años, en cualquiera de los siguientes casos:

1. Si la violación se realiza con el empleo de arma. (...)

14. El hecho delictivo es difundido a través de cualquier medio.

La pena privativa de libertad será no menor de treinta años, si es realizada por dos o más sujetos o es cometido en contra de dos o más víctimas", se apuntó.

PL presentado en abril de 2019. Foto: Captura Proyecto de ley 4116/2018-CR

PL presentado en abril de 2019. Foto: Captura Proyecto de ley 4116/2018-CR

En el proyecto se refirió que, a causa de los niveles altos de violencia sexual, es indispensable que se impongan penas mayores para ambos casos tipificados anteriormente.

“Es así que la pena cumple un rol fundamental para salvaguardar los derechos de las personas; en el caso de la propuesta legislativa se busca tutelar el bien jurídico en los delitos de violencia contra la libertad sexual, por ello resulta necesario incrementar la pena al tipo penal de violación sexual”, se precisó.

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