Política

Rafael Vela: “La decisión de liberar a Keiko Fujimori ya estaba tomada antes de la audiencia”

Fiscal superior coordinador del Equipo Especial del Ministerio Público que investiga los presuntos delitos de crimen organizado y lavado de dinero derivados del denominado caso Lava Jato.

Favorecimientos, vicios procesales, desconocimiento del caso. El fiscal superior Rafael Vela en la siguiente entrevista describe en profundidad las incidencias del proceso que derivó en la excarcelación de la excandidata presidencial del fujimorismo.

¿La Sala que resolvió el caso de Keiko Fujimori tomó en cuenta los argumentos del Equipo Especial? Usted manifiesta que los jueces solo acogieron los dichos de la defensa de la ex candidata presidencial.

No pudimos expresar en audiencia ninguna posición de defensa. Nosotros pedimos la postergación de la misma hasta que se levantara el aislamiento social obligatorio, porque no teníamos acceso a la carpeta de investigación como Fiscalía Superior.

Sin embargo, la audiencia se llevó a cabo solo con la presencia de la defensa de la investigada. Por tanto, el Ministerio Público se quedó en la indefensión, sin derecho a defender su posición institucional, lo que constitucionalmente es muy grave. Por esa razón interpretamos claramente que se trata de una decisión absolutamente parcializada.

¿Por qué lo dice?

La Sala explícitamente así lo ha resuelto. Ya no es una especulación, sino es una posición de la Sala y eso revela para nosotros una serie de actos concatenados o relacionados que nos hacen claramente deducir que la Sala estaba actuando con absoluta parcialidad a favor de la señora Keiko Fujimori.

Esto se suma no solamente al hecho de que no nos hayan permitido defendernos procesalmente dentro de la audiencia, sino también se hizo una interpretación del plazo para apelar exclusivamente a favor de la señora Keiko Fujimori.

¿La defensa de la excandidata tuvo todo a su favor?

La decisión judicial ilegal de favorecer a la señora Keiko Fujimori comienza cuando se le extiende el plazo para la apelación, mientras que para cualquier ciudadano es distinto: y se le negó al Ministerio Público poder defenderse cuando expresamos nuestra voluntad de participar en la audiencia y pedimos la postergación hasta que se levante el aislamiento obligatorio.

Por eso pensamos que la decisión de liberar a Keiko Fujimori ya estaba tomada antes de la audiencia. La decisión judicial se tomó solo escuchando a una parte y eso se llama desigualdad.

La Sala cuestionó que el Equipo Especial tarde demasiado en llevar a juicio a Fujimori en el menor tiempo. ¿La Fiscalía está dentro del plazo? ¿Por qué sería la tardanza?

Esa es otra arbitrariedad y parcialidad. La Sala bien pudo evaluar la formalización de la investigación preparatoria, que es de público conocimiento desde octubre de 2018.

La ley prevé la posibilidad de la duración del plazo de la investigación por tres años. Es decir, el plazo de investigación todavía sigue vigente. Es decir, vence recién en octubre del 2021.

La Sala señala en su resolución que Keiko Fujimori conocía del ingreso de dinero a su campaña por intermedio de falsos aportantes, lo que implica un reconocimiento del planteamiento del Equipo Especial sobre crimen organizado. Si la Sala aceptó esta imputación, ¿cómo explica que le otorgaran la libertad?

Efectivamente, la Sala termina reconociendo, como no podría ser de otra manera, que hay una sospecha grave incriminatoria contra la señora Keiko Fujimori.

Pero, por otro lado, ha habido un trámite parcializado para resolver la apelación. Es decir, se buscó la excarcelación a todo trámite y en el menor tiempo posible.

Los recursos se califican a todos por igual, sin embargo, en el caso de la señora Fujimori, estos dos jueces superiores, el doctor Rómulo Carcausto y Sonia Torres, le dieron una interpretación particular. Esto es para nosotros absolutamente arbitrario e ilegal, carente de imparcialidad. Se demoraron solo cuatro días para resolver este caso en comparación con otros más complejos.

¿Por qué Keiko Fujimori en libertad podría perturbar las investigaciones del Equipo Especial?

La defensa de Keiko Fujimori ha sostenido una conducta obstruccionista, instrumentalizando incluso un brazo legal de la presunta organización criminal. Esto es, abogados que han obligado a testigos a que cambien sus versiones, o que en algunos casos no se presenten.

Todas estas consideraciones son parte de cómo funciona una organización criminal en donde Keiko Fujimori está en la cúspide de la misma. Estas conductas obstruccionistas demuestran que, efectivamente, existe un aparato funcional y que ahora incluso tiene una representación parlamentaria.

En consecuencia, representa un riesgo para el desarrollo de las investigaciones luego de que se hayan reanuda- do las actividades del Equipo Especial, una vez que se supere la crisis de la pandemia.

¿La resolución a favor de la liberación de Keiko Fujimori podría favorecer a sus coacusados Jaime Yoshiyama Tanaka y Pier Figari Mendoza?

Son dos cuestiones absolutamente diferentes. En el caso del señor Yoshiyama, hay un probable riesgo de salud, por lo que tenemos una participación activa. En cambio, la señora Fujimori goza de buena salud y tiene condiciones carcelarias privilegiadas.

Tiene una celda para ella sola, tiene un aislamiento voluntario social absoluto. Cuando se trata de internos que están privados de libertad, vinculados al caso Lava Jato y de muy alto perfil, suelen tener condiciones privilegiadas o condiciones carcelarias distintas a la del común de la población penitenciaria que eventualmente podría representar un mayor riesgo.

¿Y respecto a Pier Figari?

También es diferente porque él no ha pedido el cese de prisión preventiva. Figari está a la espera de que venza el plazo de prisión preventiva ordenado por la Corte Suprema. No hay un pedido específco de Figari.