TC modifica su reglamento para sesionar virtualmente por COVID-19
Tras la crisis sanitaria por el coronavirus, el Tribunal Constitucional trabajó virtualmente en tres ocasiones y ha programado su primera audiencia online para el 29 de abril.
El Tribunal Constitucional (TC) modificó tres artículos de su reglamento normativo para permitir la ejecución de sesiones virtuales durante el estado de emergencia nacional, decretado para controlar la expansión del coronavirus (COVID-19).
El máximo órgano constitucional, liderado por Marianella Ledesma, tomó esta medida luego del aislamiento social obligatorio impuesto por el Gobierno y para no afectar a la población que interpuso recursos legales pendientes de evaluación.
Por tal motivo, mediante dos resoluciones administrativas publicadas este sábado 25 de abril en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, se oficializan los cambios de los artículos de su reglamento.
De esta manera con la Resolución Administrativa Nº 053-2020-P/TC se modifican los artículos 29 y 38, referidos a las audiencias públicas estableciendo que los tribunos puedan trabajar de forma “no presencial” apoyados con las herramientas tecnológicas.
Art. 29: "(...) Las audiencias públicas pueden celebrarse, en tiempo real o simultáneo, con la participación no presencial de todas o algunas de las personas antes mencionadas. Los órganos de apoyo correspondientes del Tribunal Constitucional, garantizan su debida celebración a través de los medios tecnológicos respectivos. Las audiencias públicas con participación no presencial se someten a las mismas reglas que las presenciales en todo lo que resulte aplicable”.
Art. 38: "La participación de los magistrados puede ser presencial o no presencial. En este último caso, los órganos de apoyo correspondientes del Tribunal Constitucional, garantizan su debida celebración, en tiempo real o simultáneo, a través de los medios tecnológicos respectivos. Los Plenos que cuenten con participación no presencial se someten a las mismas reglas que los Plenos presenciales en todo lo que resulte aplicable y estrictamente necesario”.
Cabe mencionar que el documento individual tiene fecha del 30 de marzo, antes que el TC sesione virtualmente.
Asimismo, con la Resolución Administrativa Nº 056-2020-P/TC, cuyo documento individual tiene fecha del 23 de abril, se modifica el artículo 48 que determina que las decisiones en la sesión pueden considerarse sentencias o fallos sin que se presente una firma física o digital del tribuno, solo en caso que por fuerza mayor o caso fortuito esté imposibilitado de hacerlo.
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Art. 48: “Previo acuerdo de Pleno, si por caso fortuito o de fuerza mayor, uno o más magistrados se encuentran imposibilitados de firmar física o digitalmente la sentencia o auto, se puede autorizar la publicación de la decisión votada en el portal institucional, acompañada de la razón del Secretario Relator dando fe del sentido de la votación de cada uno de los magistrados que han conocido la causa”.
Iniciativas del TC durante el estado de emergencia
El TC ha sesionado virtualmente el 7, 14 y 21 de abril. El próximo miércoles tendrán su primera audiencia pública online a las 10:00 horas, este tipo de diligencias fueron suspendidas tras la declaratoria del estado de emergencia nacional.
Otra iniciativa del órgano autónomo es la implementación de su nueva página web en quechua. Su presidenta Marianella Ledesma consideró que este hecho constituye un paso importante en la comunicación inclusiva de la institución.
Además, el TC también ha compartido un video en su cuenta de Twitter en la que anuncia que se unen a la metodología educativa a distancia, de acuerdo al aislamiento social obligatorio por la COVID-19, con el proyecto Aprendo mi Constitución en casa, que se ejecutará en todas sus plataformas web.