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Política

Congreso: cinco proyectos de ley apuntan a modificar el proceso de elección del TC

La renovación de magistrados del Tribunal Constitucional es un tema pendiente en el Parlamento. Las propuestas de Acción Popular, Somos Perú y Frepap serán discutidas en la Comisión de Constitución.

tribunal constitucional ledesma
tribunal constitucional ledesma

La elección de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional (TC) todavía es un proceso pendiente en el Congreso. Por eso, las bancadas de Acción Popular (AP), Somos Perú (SP) y Frepap han presentado cinco proyectos de ley para modificar el proceso de renovación de tribunos.

Tales iniciativas apuntan a reajustar los artículos 8 y 11 de la Ley Orgánica del TC y concuerdan en que la elección debe realizarse en concurso público, dirigida por una Comisión Especial (CE), conformada por un representante de cada bancada.

La actual norma solo permite que participen nueve agrupaciones políticas en la CE. El año pasado habían 12 bancadas en el Congreso. Eso ocasionó que tres no participen del proceso de elección del TC y que el fujimorismo y sus aliados recomienden a dedo a sus postulantes.

Somos Perú, a través de su vocero Rennán Espinoza, presentó el proyecto de ley N° 4854 y Frepap la iniciativa de ley N°4858, mediante el congresista Richard Rubio Gariza . Ambos se centran en modificar la conformación de la Comisión Especial y no sugieren la inclusión de otra institución para garantizar que el concurso público tenga mayores garantías de transparencia.

Además, dejan en manos de la CE las audiencias y las tachas contra los aspirantes al Tribunal Constitucional. No obstante, Frepap plantea que todas las sesiones de la CE sean públicas.

Acompañamiento

Mientras que las propuestas de los acciopopulistas Luis Simeón Hurtado, Hans Troyes Delgado y Luis Roel recomiendan que otras entidades también participen en el proceso de elección de magistrados del TC.

Por ejemplo, Simeón Hurtado plantea, mediante la iniciativa de ley N° 4885, sostiene que la Defensoría del Pueblo y la Junta Nacional de Justicia (JNJ) acompañen el concurso público.

Hans Troyes, a través del PL 4956, sugiere que sean la JNJ y la Contraloría General de la República (CGR), y Roel Alva, con el PL 4978, propone incluir a la Defensoría del Pueblo y la CGR.

Además, los acciopopulistas buscan añadir otros requisitos para los candidatos a magistrados. Simeón Hurtado considera que deben tener tres recomendaciones de instituciones públicas o privadas y Roel Alva propone que sean especialistas en Derecho Constitucional, Derechos Humanos o Derecho Procesal Constitucional.

Votación pendiente

Antes de disolver el Congreso, cabe recordar, el Gobierno había presentado una propuesta de ley que busca modificar el artículo 8 de la Ley Orgánica del TC para que el proceso sea solo mediante concurso público.

La actual legislación permite dos modalidades de elección: mediante recomendación de la CE o concurso. Hasta la fecha, todas las iniciativas de ley apuestan por la segunda alternativa.

Sin embargo, fuentes del TC recordaron que antes de discutir los proyectos de las bancadas, primero debe debatirse la propuesta del Ejecutivo.

Como se sabe, el intento del Congreso anterior por cambiar a los magistrados originó que el presidente Martín Vizcarra plantee cuestión de confianza por su iniciativa de ley. Los parlamentarios la rechazaron y procedieron a elegir a Ortiz de Zevallos.

Eso originó la disolución del Legislativo y la propuesta del Gobierno no volvió a discutirse.

También está pendiente la reconsideración que anula la elección del primo de Olaechea.

Asimismo, de aprobarse esa iniciativa del Gobierno los demás postulantes al TC, por quienes el Pleno aún no vota, deberán acoplarse a la nueva legislación. “La presente norma (...) se aplica incluso a los procedimientos que se encuentran en curso, los cuales deberán ser adecuados a esta”, sostiene el proyecto.

Ninguna de las cinco propuestas de ley de Somos Perú, Frepap y AP mencionan textualmente si estas regirán en el concurso aún no culminado. Aunque en su momento, en diálogo con La República, el congresista Luis Roel respondió que, respecto al PL 4978, “no es necesario tener dicha disposición porque estas son normas procedimentales que se aplican inmediatamente”.

Todas estas iniciativas serán debatidas en la Comisión de Constitución.

PL 4854 de Somos Perú

PL 4858 de Frepap

PL 4885 de Acción Popular

PL 4956 de Acción Popular

PL 4978 de Acción Popular

Propuesta del Ejecutivo