Constitución aprueba porcentaje mínimo de afiliados para inscripción de partidos
Propuesta aprobada de la reforma política establece como requisito el 0.1% de afiliados como mínimo para la inscripción de partidos. Ya no se necesitarán las firmas.
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Este jueves, en la Comisión de Constitución se aprobó la propuesta del porcentaje mínimo de afiliados para la inscripción de un partido en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones, propuesta que forma parte de la reforma política.
En la sesión del grupo de trabajo se rechazó la propuesta de que la inscripción de organizaciones sea por adherentes, con un mínimo de 1% digital. 10 congresistas votaron contra la iniciativa y 7 a favor.
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La propuesta de la reforma política presentado por el Poder Ejecutivo era modificar el inciso b del artículo 5 de la Ley de Partidos Políticos. La norma indica que para la inscripción de partidos se necesita el 4% de adherentes –es decir firmas– de ciudadanos que votaron en la última elección.
El proyecto del Ejecutivo establecía que se necesitaba el 0.075% de afiliados y que no más de un tercio de estos pueden tener domicilio en una misma circunscripción electoral. Constitución elevó la valla a 0.1%. La iniciativa tuvo 12 votos a favor y 5 abstenciones.
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A falta de debatirse y votarse en el Pleno del Congreso, la iniciativa de la reforma política establece que ya no sería necesario las firmas para la inscripción del partido político, como se ha venido realizando para tener el registro en el ROP.
Asimismo, en la Comisión de Constitución se aprobó el punto respecto a que, para la inscripción del partido, este tenga como mínimo un comité en cada región del país.



















