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Notas de Prensa

Cámara de Empresarios y Comerciantes de Mesa Redonda (Comunicado)

14-05-19 MAURICIO MALCA POPOVICH

OPERATIVO DE ERRADICACION DE EMBULANTES EN MESA REDONDA POR FISCALIZACION DE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA
14-05-19 MAURICIO MALCA POPOVICH OPERATIVO DE ERRADICACION DE EMBULANTES EN MESA REDONDA POR FISCALIZACION DE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA

Los empresarios del emporio comercial Mesa Redonda (zona delimitada por Jr. Huanta, Jr. Cuzco, Av. Abancay y Av. Nicolás de Piérola), expresan ante la opinión pública su enorme malestar ante las medidas inconsistentes, carentes de planificación y sin ningún tipo de concertación ciudadana, aplicadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima en contra de la actividad empresarial formal, referidas al impedimento del ingreso de mercadería para los negocios de pequeña escala de la zona, los cuales representan el 85% del total del emporio.

Desde la Ordenanza N° 2159 del 23 de Abril del presente, con la que enrejaron todo el emporio de Mesa Redonda y de forma inconstitucional, paralizaron la actividad comercial junto con los trámites de expedición de las licencias de funcionamiento. La Municipalidad Metropolitana de Lima viene atentando contra el desarrollo de las empresas y de la economía local, contradiciendo lo indicado en el artículo 195° de la Constitución Política del Perú (los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local) y el artículo 36° de la Ley Orgánica de Municipalidades (los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social).

Ahora, nuevamente, desde el 19 de agosto del presente, la Gerencia de Fiscalización y Control de la Comuna Limeña, sin ninguna clase de consulta e información ciudadana, y con una pésima interpretación del inciso e) del artículo 132° la Ordenanza N° 062 del año 1994, ha enrejado nuevamente el emporio comercial, impidiendo el flujo de mercadería a pequeña escala y condenando a miles de emprendedores a una muerte empresarial.

Es oportuno mencionar que dicho inciso se da en un espacio temporal en el que la gran mayoría de negocios de Mesa Redonda se abastecía con camiones y contenedores, por lo que limita dicho abastecimiento dentro de los horarios de las 9:00 pm y 6:00 am, y en un contexto de regulación del tránsito y seguridad vial.

Sin embargo, se debe mencionar que la Municipalidad de Lima no solamente está vulnerando los derechos constitucionales de los empresarios y el rol promotor de los gobiernos locales establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, sino también la misma Ordenanza N° 062, pues esta norma establece en su artículo 2°, que las acciones de conservación del Centro Histórico comprenden: el planeamiento metropolitano, el manejo urbanístico del área delimitada, entre otros aspectos. Pero a su vez, también comprende actividades de participación vecinal, de incentivación y de promoción para la inversión y la elevación de la calidad del ambiente. Al respecto, cabe preguntarse: ¿Cuál es el plan de desarrollo económico y urbano de la municipalidad de lima para esta zona de tratamiento de comercio metropolitano?

Así mismo, considerando que la Ordenanza N° 812, Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima señala (en su artículo 136°, numeral 8), que la gerencia de desarrollo económico es el órgano encargado de proponer las políticas y estrategias vinculadas con la promoción del desarrollo económico, empresarial, productivo y comercial, nuevamente salta la pregunta: ¿Cuáles son las políticas, planes, estrategias, programas, proyectos y actividades que tiene este órgano municipal para los conglomerados empresariales del Cercado de Lima y, en específico, para la Sub Zona de Tratamiento de Comercio Metropolitano 02 (Mesa Redonda)?.

Encontrándonos ya en el noveno mes de la actual gestión, nunca hemos sido convocados para formular, desarrollar y menos para ejecutar planes participativos, conforme lo establece el numeral 1.4 del Artículo 86°, de la Ley Orgánica de Municipalidades, donde se señala que los gobiernos locales deben concertar con el sector público y el privado la elaboración y ejecución de programas de apoyo al desarrollo económico local sostenible en su espacio territorial.

Por el contrario, somos los empresarios de Mesa Redonda quienes hemos tomado la iniciativa de conformar una Mesa Técnica de Trabajo con las gerencias municipales, contando con el apoyo de la Comisión Metropolitana de Comercialización, Defensa del Consumidor y Transporte Urbano. Dicho espacio fue instalado el 12 de agosto del presente, con el fin de coordinar y concertar acciones que contribuyan al desarrollo, ordenamiento y modernización del comercio de la zona, además de la puesta en valor de nuestro centro histórico.

Sin embargo, en un acto antidemocrático, que pisotea toda la legislación referida a mecanismos de participación ciudadana y de promoción del desarrollo económico local, el 19 de agosto, la Municipalidad Metropolitana de Lima ordena la prohibición del flujo de mercadería, asfixiando a miles de negocios de la zona y de otros lugares del país que dependen de esta cadena de comercialización, además de causar efectos negativos en el nivel de empleo, pues cerca de 100 mil personas dependen de esta actividad comercial en Mesa Redonda.

Finalmente, es importante destacar que mediante la Ordenanza N° 1860 se declara de interés público metropolitano la recuperación e intervención mediante el plan específico con fines de Renovación Urbana Comercial la denominada Zona de Tratamiento de Comercio Metropolitano (ZTCM) del Centro Histórico de Lima, conformada por el área ubicada dentro del perímetro formado por el Jr. Huallaga desde las cuadras 5 a la 8, Jr. Huanta desde las cuadras 8 a la 12, Av. Grau desde las cuadras 4 a la 7 y la Av. Abancay desde las cuadras 3 a la 11.

Dicha Ordenanza establece tres Sub Zonas de Tratamiento, por las características urbanas y actividad comercial diferenciada entre sí, estas consisten en:

- Sub Zona de Tratamiento 1 - SZTCM 1: (Mercado Central y el Barrio Chino) definido por el cuadrante comprendido entre el Jr. Huallaga, Av. Abancay, Jr. Cuzco y Jr. Huanta.

- Sub Zona de Tratamiento 2 - SZTCM 2: (Mesa Redonda) definido por el cuadrante comprendido entre el Jr. Cuzco, Av. Abancay, Av. Nicolás de Piérola y Jr. Huanta.

- Sub Zona de Tratamiento 3 - SZTCM 3: (Triángulo Comercial) definido por el cuadrante comprendido entre la Av. Nicolás de Piérola, Av. Abancay y Av. Miguel Grau.

Dicha Ordenanza encarga, en su artículo 7°, entre otros aspectos, a PROLIMA, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Económico, en coordinación con el Instituto Metropolitano de Planificación, lo siguiente:

La concertación con los actores involucrados en las Zonas de Tratamiento de Comercio Metropolitano para la elaboración de los Planes Específicos.

EN CONCLUSIÓN: Pésima interpretación de la norma del actual gobierno municipal, modelo de gestión burocrática y vertical con nula participación ciudadana, total ausencia de planificación, atentado contra la libertad de empresa y completo irrespeto por los derechos constitucionales de los ciudadanos.


[Comunicado de prensa]

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