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Género

Matrimonio igualitario: ¿qué derechos de la población LGTBIQ+ vulnera el fallo del TC?

El Tribunal Constitucional rechazó la demanda de Óscar Ugarteche para que su matrimonio civil con Fidel Aroche sea reconocido por el RENIEC, hecho que vulnera los derechos de la comunidad LGTBIQ+ y que los sectores conservadores califican como ''privilegios’'.

“Es un retroceso hacia la igualdad de derechos en el Perú”, escribió la pareja en un pronunciamiento público en el que comunicaron que acudirán a la Corte Interamericana de Derechos. Foto: EFE
“Es un retroceso hacia la igualdad de derechos en el Perú”, escribió la pareja en un pronunciamiento público en el que comunicaron que acudirán a la Corte Interamericana de Derechos. Foto: EFE

Una vez más se vulneran los derechos de la población LGTBIQ+: el Tribunal Constitucional (TC) rechazó la demanda para que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) reconociera el matrimonio civil del economista peruano Óscar Ugarteche con el mexicano Fidel Aroche, celebrado en el 2011 en México.

Esta decisión no solo desconoce tratados internacionales a los cuales el Perú está suscrito, sino también va en contra de la Constitución peruana. Así, desde las instituciones del Estado se valida y orilla a que las personas LGTBIQ+, quienes representan alrededor del 8% de la población peruana, según Ipsos Perú, construyan sus proyectos de vida en medio de un contexto sociocultural que les discrimina por su orientación sexual.

Los derechos de la población LGTBIQ+ que se vulneran al no validar el matrimonio igualitario en el Perú

Bruno Fernández de Córdova, abogado de la ONG Más Igualdad, señaló en diálogo con este diario que se violaron muchos derechos con este fallo. Uno de ellos es el que se declara en el artículo 2 de la Constitución.

Los derechos vulnerados de las personas LGTBIQ+ se reconocen en la legislación peruana y en tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Estos son:

  • Derecho a formar una familia.
  • Derecho a la igualdad y no discriminación por razón de orientación sexual.
  • Derecho al libre desarrollo de la personalidad.
  • Derecho a la integridad personal.
  • Derecho a la identidad.
  • Derecho al libre desarrollo de la personalidad —vinculado al desarrollo del proyecto de vida que cada persona elige libremente.

Asimismo, el letrado recalca que los derechos reconocidos en la Constitución “se deben leer de modo conjunto” con aquellos declarados por los tratados internacionales.

Ante la inexistencia del matrimonio igualitario en el Perú, las parejas del mismo sexo optan por viajar al extranjero para celebrar su unión. “Esto implica un esfuerzo en términos de dinero, tiempo y asesoría legal”, determina el abogado. Ello ocasiona que un derecho como el matrimonio se convierta en un privilegio de las personas heterosexuales al que la población LGTBIQ+ no puede acceder, peor aún si no se cuenta con los recursos para solventar una lucha como la que Óscar Ugarteche ha logrado sacar adelante.

De aprobarse una Ley de matrimonio igualitario, lesbianas, gays, bisexuales y personas trans no se verían en la necesidad de ir a otro país para casarse por la vía civil, evitando, además, estos procesos que también son desgastantes a nivel psicológico.

Caso Óscar Ugarteche tomó relevancia tras Reniec negarse a inscribir este matrimonio igualitario desarrollado en México. Foto: EFE

Caso Óscar Ugarteche tomó relevancia tras Reniec negarse a inscribir este matrimonio igualitario desarrollado en México. Foto: EFE

El impacto en la vida cotidiana del no reconocimiento del matrimonio igualitario

El reconocimiento del matrimonio civil entre personas del mismo sexo no solo está vinculado con temas patrimoniales, sino que también abarca “una serie de situaciones que están en el día a día”.

“Por ejemplo, aquí una persona no podría afiliar a su pareja en EsSalud”, recalca el abogado Bruno Fernández de Córdova. Asimismo, si una de ellas fallece, la o el viudo no tendría el derecho de quedarse viviendo en la casa que le pertenecería o acceso a una pensión por viudez. En cuanto a temas tributarios, las o los esposos no pueden optar por hacer una tributación conjunta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El especialista precisa que es importante que el TC publique cuanto antes la sentencia para que se conozcan los argumentos de Augusto Ferrero, Manuel Miranda, Ernesto Blume y José Luis Sardón, magistrados que fallaron en contra de validar el matrimonio de Ugarteche y Aroche.

“Una sentencia de un alto tribunal no solo crea derecho, sino que envía un mensaje social. En este caso, se está comunicando que hay parejas que deben permanecer al margen del derecho y a las cuales no se les debe proteger a través de las leyes que emite el estado. Eso es grave para todas las personas LGTBIQ+ de este país que han sido históricamente discriminadas”, lamenta.

La magistrada del TC, Marianella Ledesma, acotó en entrevista con RPP que el artículo 4 de la Constitución “no define si el matrimonio debe ser entre hombre y mujer” y que este derecho no se vincula con la procreación. “Esto último (la procreación) no es cierto. Eso es concepto de épocas romanas”, dijo.

La Defensoría del Pueblo también rechazó el fallo del TC, haciendo énfasis en que el Estado peruano “está obligado a garantizar el derecho al matrimonio sin distinciones jurídicas por razón de su orientación sexual”.

Este organismo constitucional autónomo expresó en un informe del 2019 que el reconocimiento del matrimonio celebrado fuera del Perú entre personas del mismo sexo se encuentra protegido por los estándares constitucionales.

La pareja viene luchando desde el 2011 para que su unión se vea reflejada en el Documento Nacional de Identidad (DNI). Un procedimiento que pudo resolverse a través de un trámite administrativo mediante el RENIEC, se ha prolongado hasta el 2020. La entidad social suele rechazar estos derechos basándose en el Código Civil, donde se establece que el matrimonio es la unión libre entre el varón y una mujer. No obstante, el mismo documento señala que todos aquellos derechos adquiridos en el extranjero deberían tener la misma eficacia dentro del país.

“Es un retroceso hacia la igualdad de derechos en el Perú”, escribió la pareja en un pronunciamiento público en el que comunicaron que acudirán a la Corte Interamericana de Derechos, instancia que sanciona como acto discriminatorio el no reconocimiento del matrimonio igualitario.

En tanto, las familias conformadas por personas LGTBIQ+ seguirán existiendo y resistiendo sin el reconocimiento de sus derechos en medio de una sociedad que las discrimina por amar a personas de su mismo sexo.

Países de Latinoamérica donde es legal el matrimonio igualitario

A la fecha, son cinco países de Latinoamérica que reconocen el matrimonio igualitario: Argentina (2010), Brasil (2013), Colombia (2016), México (2009 y en ciertos estados) y Ecuador (2019).

Mientras tanto, a nivel mundial, casi 30 países ya reconocen como legal la unión entre personas del mismo sexo. Europa es el continente que más países ha legislado a favor de este derecho, según un reporte de 2019 de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA).

Editora de género en Grupo La República y periodista de datos e investigación. Bachiller en Comunicación y Periodismo por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas y diplomada en Estudios de Género y Feminismos por la Universidad de Buenos Aires.