Elecciones

Oficializan ley que impide reelección de congresistas

Los congresistas elegidos en el 2016 y los que volvieron a ser elegidos en enero del 2020 tienen prohibido reelegirse.

Zanjado. Los actuales legisladores no podrán buscar la reelección el próximo año.
Zanjado. Los actuales legisladores no podrán buscar la reelección el próximo año.

La resolución que establece la prohibición de la reelección inmediata de los congresistas actuales y del Parlamento disuelto con miras a los comicios generales del 2021 fue oficializada ayer por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) con su publicación en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Según la Resolución N° 0352-2020-JNE, este impedimento se da debido a la prohibición de reelección inmediata establecida por el artículo 90-A de la Constitución Política. Este artículo, introducido mediante la reforma constitucional N° 30906, establece que los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período de manera inmediata.

La prohibición de reelección comprende a los congresistas elegidos en el 2016 y que volvieron a ser elegidos en los comicios congresales extraordinarios de enero del 2020.

Repercusiones

El Jurado Nacional de Elecciones fija que también están impedidos de presentarse como candidatos al Poder Legislativo en el proceso del próximo año los ciudadanos que integraron el Congreso disuelto y que no participaron en los comicios congresales del 2020 o que participando no fueron elegidos.

En todos los casos, la prohibición comprende a los parlamentarios desaforados y sus respectivos accesitarios, a los que fueron suspendidos y a los que reemplazaron a legisladores fallecidos.

Esta decisión se basa en el artículo 90-A, introducido en la Carta Magna mediante la ley de reforma constitucional N° 30906, la cual precisa que los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo. Asimismo, en las resoluciones 187-2019-JNE y 442-2018-JNE que establecen líneas jurisprudenciales.

El pleno del JNE indica además que, en observancia del criterio de oportunidad para el ejercicio de la facultad normativa, resulta primordial precisar el alcance del citado artículo constitucional, en vista de que ha generado distintas interpretaciones.

Como se sabe, los comicios generales del 2021 se celebrarán el 11 de abril.

Expertos a favor

Al respecto, el exjefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) Fernando Tuesta sostuvo que está a favor de la reelección de congresistas, aunque precisó que en este caso debe respetarse la norma que impide la candidatura de los actuales congresistas. El politólogo explicó también que por el momento la autoridad electoral ha podido zanjar este tema y los partidos deben respetar y adecuarse a las normas.

Por su parte, José Tello, especialista en temas electorales, sostuvo que los partidos políticos tienen que acatar las normas y los candidatos deben tomar en cuenta que estamos en un escenario de reforma electoral que nunca antes aplicó.

El mensaje parecía para los actuales congresistas, pues se supo que algunos promovían una ley para reelegirse.

Datos

Reacción. Al menos 30 congresistas vieron sus opciones reducidas a cero, con la decisión del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aclarando que el artículo 90-A de la Constitución impide la reelección parlamentaria inmediata.

Afectados. Entre los que promovían la reelección, no solo hay legisladores de bancadas como Fuerza Popular, Acción Popular y el APRA, sino también exparlamentarios que buscaban retornar al hemiciclo.

Adiós a la reelección parlamentaria

Enfoque por Rosa María Palacios, periodista

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha aclarado que los actuales congresistas no podrán postular a la reelección en los comicios del 2021. Esto estaba más o menos claro desde el 2018, en que en el referéndum se votó mayoritariamente por la eliminación de la reelección.

En el Perú, los congresistas que van a la reelección no son apoyados por el pueblo. A veces postulan hasta la mitad a la reelección y eran elegidos menos de 20. El pueblo ya castigaba con su voto duramente las ansias de reelección parlamentaria, es decir, ya había un mecanismo de control popular.

Con la disolución del Congreso, los parlamentarios preguntaban si podrían postular en las elecciones congresales del 2020.

El artículo 90A de la Constitución, agregado tras el referéndum, precisa que ahora los legisladores no pueden ser elegidos para un nuevo periodo en el mismo cargo. Ante ello, el JNE indicó que el nuevo periodo parlamentario iniciaría en el 2021, por lo tanto, los congresistas disueltos sí podían postular a la reelección porque es el mismo período. Así sucedió y tenemos algunos de ellos que han sido reelegidos, tenemos el caso de Gino Costa, Alberto de Belaunde y algunos congresistas de Fuerza Popular.

Luego, Alianza para el Progreso (APP) presentó una consulta ante el JNE preguntando si los congresistas elegidos en enero podían postular para las elecciones del 2021. Y en Acción Popular, en su plenario de este fin de semana, un grupo de congresistas dijeron que no les podía prohibir inscribirse como precandidatos al Parlamento.

Había un grupo de congresistas que tenían la esperanza de que el JNE les dijera que podían reelegirse, pero la esperanza se terminó gracias a Dios.

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