Si trabajaste estos meses, te tocará más que una gratificación por Fiestas Patrias

Empleados formales recibirán un sueldo completo más un bono adicional en julio. Revisa si cumples el requisito y cuánto te corresponde.

La gratificación es es el pago adicional que se les otorga a los trabajadores en los meses de julio y diciembre
La gratificación es es el pago adicional que se les otorga a los trabajadores en los meses de julio y diciembre

Miles de trabajadores formales del sector privado recibirán este 15 de julio una gratificación equivalente a un sueldo completo, pero eso no es todo. Si estuvieron laborando entre enero y junio de 2025, también accederán a una bonificación extra de hasta 9%, lo que hará que muchos reciban más dinero que en años anteriores por Fiestas Patrias.

Este beneficio aplica a quienes están afiliados a EsSalud, que recibirán el 9% adicional. Si el trabajador está afiliado a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), el bono será de 6,75%.

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En ambos casos, el monto debe ser abonado como máximo hasta el 15 de julio y registrado en la planilla electrónica de ese mes, explicaron desde el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

¿Quiénes califican para este pago?

Este beneficio alcanza a trabajadores con contrato indefinido, plazo fijo o tiempo parcial, incluso si laboran menos de cuatro horas diarias. También aplica a empleados de pequeñas empresas registradas en el REMYPE, aunque en ese caso la gratificación será de medio sueldo.

Por el contrario, no tienen derecho a este pago quienes:

  • Perciben una remuneración anual integral (gratificación y CTS ya están incluidas).
  • Fueron contratados por microempresas inscritas en el REMYPE después de la inscripción.
  • Trabajan como independientes, fuera de planilla.

¿Y si trabajaste solo algunos meses?

En caso de haber trabajado solo parte del semestre, el trabajador recibirá una gratificación proporcional: un sexto del sueldo por cada mes completo laborado. Si hubo inasistencias injustificadas, se descontará un treintavo del sexto correspondiente por cada falta.

Para los comisionistas o destajeros, el monto se calcula según el promedio de ingresos obtenidos en los seis meses previos al 15 de julio.

¿Y si renunciaste antes de julio?

Si el trabajador cesó antes de la quincena de julio, podrá recibir una gratificación trunca, siempre que haya laborado al menos un mes completo. El monto se calcula en proporción a los meses trabajados y debe ser pagado junto con los demás beneficios sociales dentro de las 48 horas siguientes al cese.

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