Impuesto a la renta 2025: ¿afectará a quienes ganan menos de S/ 3.900?, esto indica la Sunat
La normativa también aplicará a directores y gestores de negocios, quienes deberán cumplir con requisitos específicos para acceder a la suspensión y aliviar la carga tributaria en 2025.
A partir de 2025, los trabajadores independientes con ingresos anuales menores a S/ 46.813 podrán solicitar la suspensión de las retenciones y pagos adelantados del Impuesto a la renta (IR). Esta medida beneficiará a quienes emitan recibos por honorarios electrónicos y no superen el límite mensual establecido.
La iniciativa busca aliviar la carga tributaria de los contribuyentes con Rentas de Cuarta Categoría. Además, se aplicará a otros casos específicos, como directores o gestores de negocios, quienes deberán cumplir con ciertos requisitos para acceder a la suspensión.
Impuesto a la renta 2025: ¿afectará a quienes ganan menos de S/ 3.900?
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha establecido que, en 2025, los trabajadores independientes que proyecten ingresos anuales inferiores a los S/ 46.813 podrán solicitar la suspensión de las retenciones y pagos a cuenta del impuesto a la renta (IR). De acuerdo con la normativa, los contribuyentes que emitan recibos por honorarios electrónicos y cuyos ingresos mensuales no superen los S/ 3.901 estarán exentos de realizar pagos a cuenta del impuesto.
Este ajuste busca facilitar la situación fiscal de los trabajadores independientes, especialmente aquellos cuyos ingresos no alcancen el umbral establecido. La medida, que afecta principalmente a los contribuyentes con Rentas de Cuarta Categoría, se implementará durante el año 2025 y tiene como objetivo aliviar la carga tributaria de aquellos con menores ingresos.
¿Cuánto aumentó el límite para no pagar impuesto a la renta?
La suspensión de retenciones y pagos adelantados del impuesto a la renta se aplicará a aquellos contribuyentes que en 2025 tengan ingresos provenientes de rentas de cuarta y quinta categoría, siempre que el total anual no exceda los S/46.813.
En el caso de personas como directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas y funciones similares que generen rentas de estas categorías, se establecen dos requisitos para acceder a la suspensión: que los ingresos mensuales no superen los S/3.121 y que el total proyectado de ingresos anuales no pase de S/37.450.
Si alguno de estos límites se supera durante el año 2025, el contribuyente deberá declarar y pagar el impuesto correspondiente por las rentas acumuladas de cuarta categoría en el mes en que se registre dicho excedente.
Pasos para realizar el trámite de suspensión de la retención
El procedimiento para solicitar la suspensión de retenciones por rentas de cuarta categoría se realiza en línea y consta de los siguientes pasos:
· Ingresar al portal de Sunat Operaciones en Línea utilizando la Clave SOL.
· Elegir la opción "Mis trámites y consultas" en el sitio web oficial de la entidad (www.sunat.gob.pe).
· Completar el formulario virtual 1609, indicando la fecha del primer ingreso y el monto estimado de ingresos anuales.
· Una vez procesada la información, el sistema generará una constancia que será enviada al correo electrónico proporcionado.
· La suspensión será válida desde el día siguiente al trámite hasta el 31 de diciembre de 2025.