Economía

Empresas que no publiciten su RUC serán multadas con S/1.545

Vigente. La marcha blanca de la Sunat para evitar sancionar a quienes no consignen el RUC y razón social en la publicidad digital terminó en diciembre. La autógrafa para derogarla ha sido observada por el Gobierno.

Meta. Sunat busca formalizar a 200.000 personas naturales y creadores de contenidos que ofertan bienes y servicios. Foto: difusión
Meta. Sunat busca formalizar a 200.000 personas naturales y creadores de contenidos que ofertan bienes y servicios. Foto: difusión

A fines de diciembre ya se daba por hecho de que no era obligatorio para los negocios el publicitar el RUC, pues el Congreso de la República aprobó en el Pleno una autógrafa para derogar la medida. Sin embargo, este año ha sido observada por el Poder Ejecutivo, de tal manera que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) está en la facultad de sancionar a quienes incumplan la disposición.

La multa asciende hasta 30% de la UIT, es decir, S/1.545. El monto varía según el régimen que le corresponda al contribuyente.

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Fin de la marcha blanca

En febrero del 2022, se publicó el Decreto Legislativo 1524, que modificó la ley del registro único de contribuyentes, para que las empresas e influencers coloquen el número de RUC y la razón social en su publicidad, incluida la digital. El objetivo de la medida es mejorar la identificación de aquellos cuya situación o actividad debe estar sujeta al control de la Sunat.

Su aplicación causó diversas dudas en los usuarios y expertos, motivo por el cual la Sunat inició una marcha blanca del 1 de julio hasta el 31 de diciembre, periodo en que no aplicó multas a quienes incumplían.

Desde el Legislativo, Adriana Tudela (Avanza País) impulsó un proyecto de ley para derogarla, pues afectaba la libertad de empresa, sostenía. La iniciativa fue aprobada en el Pleno.

 Avanza País. Tudela propuso la eliminación de la medida. Foto: difusión

Avanza País. Tudela propuso la eliminación de la medida. Foto: difusión

Ejecutivo propone ajuste

El último 11 de enero, el Ejecutivo envió su observación de la medida al Congreso y señaló que la exigencia de publicitar el número de RUC conlleva implícitamente la de obligar a la inscripción en el RUC a aquellos que, debiendo estar inscritos, no cumplen con hacerlo.

Además, la ley de registro único de contribuyentes debía ser actualizada porque ahora los usuarios realizan negocios por plataformas digitales y mayormente lo que se publicita es el número de celular, el cual no es un identificador suficiente para la Sunat.

Agregan que, respecto a la vulneración de la libertad de empresa que refiere Tudela, no hay un sustento para dicha afirmación. Por el contrario, si no se hace público el RUC, eso puede significar que la empresa es informal, lo cual configura competencia desleal, ya que otras empresas del rubro sí cumplen con sus obligaciones.

De esta manera, en el documento se propone una nueva redacción de la autógrafa, precisando que la consignación debe ser en “cualquier lugar visible de las plataformas digitales”.

Al respecto, Giorgio Balza, asociado principal de Cuatrecasas, advierte que se ha omitido la precisión de que el RUC que se debe colocar es del “sujeto publicitado”, con lo cual se pondría en duda qué RUC deben colocar en sus publicaciones los influencers. “Vuelve a quedar la duda sobre la mesa de si tú haces la publicidad: ¿el RUC de quién pones? ¿El tuyo o el de la marca? Entonces, ahí vuelve una falencia de la norma”, detalló.

El documento ya se encuentra en la Comisión de Economía para su evaluación. En marzo, cuando se retomen las labores parlamentarias, este grupo de trabajo podrá insistir en su propuesta o hacer las modificaciones.

¿Dónde se coloca el RUC y la razón social?

Si usamos como referencia Instagram, Sunat precisó a La República que el RUC y la razón social deben ir en cada publicación que se realice de forma visible para los usuarios.

Es decir, puede ir en el copy (texto) o en la foto (o video), pues algunas plataformas no permiten colocar ciertos datos por políticas de privacidad. En ese sentido, los usuarios no tendrían que preocuparse si las políticas de estas empresas cambian, porque tendrán las dos opciones para cumplir la norma.

En opinión del abogado de Cuatrecasas, en el escenario de que en marzo se llegue a derogar la medida, “probablemente” la Sunat opte por no sancionar a los contribuyentes que la estuvieron incumpliendo durante estos tres meses.

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