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Economía

Darán incentivos fiscales a quienes contraten jóvenes de hasta 29 años

Planilla. Nueva ley fomenta la creación de empresas nuevas, y que ofrezcan salarios no mayores de S/1.700.

Empleo. Plazo mínimo de vigencia del contrato es de un mes. Foto: difusión
Empleo. Plazo mínimo de vigencia del contrato es de un mes. Foto: difusión

El Gobierno peruano oficializó la Ley 31828, denominada ley del joven empresario, que plantea incentivos fiscales para las empresas constituidas por jóvenes de entre 18 y 29 años que contraten a otros jóvenes de la misma edad a partir del 2024.

Entre los principales cambios, el contribuyente sujeto al régimen general del impuesto a la renta (IR) o al Régimen Mype Tributario (Remype) que contrate a uno o más trabajadores nuevos, para efectos de la determinación de la renta de los ejercicios 2024 y 2025, puede aplicar una deducción adicional equivalente al 50% de la remuneración básica que pague al nuevo trabajador, independientemente de su jornada de trabajo y su modalidad contractual.

Como se mencionó antes, el trabajador tiene, al momento de su contratación, entre 18 y 29 años, y no debe estar registrado en la planilla electrónica de una o más empresas en un periodo de 12 meses previos a la fecha de inicio de labores. La remuneración básica mensual del trabajador no superará los S/1.700.

Tratándose de trabajadores cuya remuneración sea variable o imprecisa, se considera cumplido el requisito si el promedio mensual de las remuneraciones percibidas durante los meses de enero a diciembre de los ejercicios 2024 y 2025 no supera esta misma cantidad de S/1.700.

Una ley fuera de foco

El tributarista Rafo Inurritegui señala que, en lugar de impulsar el empleo juvenil, esta nueva ley “incentiva el fracaso”, pues no toma en cuenta que, estadísticamente, el grueso de nuevos empresarios fracasa en ese rango de edad, aun cuando el dispositivo “sin quererlo” beneficia al informal que se vuelve formal. Pero ganar hasta S/1.700 para aplicar no resulta muy seductor.

“Si estás iniciando como empresario, es altamente probable que tus ingresos no superen los S/525.000 anuales. Para efectos del IR, te conviene más el Régimen Especial (RER) que el Régimen General o Remype, y pagar el 1,5% de ingresos con casi ninguna disposición administrativa, como libros”, menciona.

La clave

Ventajas. En los procesos de contrataciones públicas de bienes, servicios u obras, las empresas constituidas por jóvenes de entre 18 y 29 años tendrán una bonificación de puntaje adicional de un 5% en la propuesta técnica.