Economía

Gratificación 2023: ¿mi empleador puede realizar algún descuento a este dinero?

En los próximos días, se vence el plazo para que las empresas privadas depositen la gratificación por Fiestas Patrias. Aquí te contamos cuánto te corresponde recibir y si los empleadores pueden realizar algún descuento a este dinero extra.

El monto de la gratificación debe ser equivalente a una remuneración mensual íntegra. Foto: difusión
El monto de la gratificación debe ser equivalente a una remuneración mensual íntegra. Foto: difusión

En los próximos días, se vence el plazo para que las empresas privadas depositen la gratificación por Fiestas Patrias. Como máximo, el depósito se deberá realizar el sábado 15 de julio.

El monto de la gratificación debe ser equivalente a una remuneración mensual íntegra si el trabajador laboró el semestre completo, es decir, desde el 1 de enero al 30 de junio. No obstante, para aquellas personas que no ejercieron durante el periodo completo, el monto de la gratificación estará en proporción al número de meses calendario en los que estuvieron en actividad.

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Por ejemplo, si una persona ingresó a trabajar el 3 de marzo de 2023, el mes de marzo no ingresará al cálculo porque no se laboró el mes calendario completo.

Cabe señalar que, adicionalmente al pago de la gratificación, el empleador deberá abonar una bonificación extraordinaria equivalente al 9% del aporte al Seguro Social de Salud. En el caso de los trabajadores cubiertos por una Entidad Prestadora de Salud (EPS), dicha bonificación extraordinaria equivaldría al 6,75%.

¿Mi empleador puede realizar algún descuento a este dinero?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que la gratificación por Fiestas Patrias no debe verse afectada por aportaciones, contribuciones ni descuentos por parte del empleador, a excepción de aquellos establecidos por ley, mandato judicial o autorizados por el propio trabajador.

El incumplimiento del pago de la gratificación está tipificado como una infracción grave en materia de relaciones laborales.

Si bien la sanción se determina de acuerdo con el número de trabajadores afectados y con el tipo de empresa, las multas oscilan entre los S/2.227,50 hasta los S/22.275 para una empresa pequeña y desde los S/7.771,50 hasta los S/129.294 para una no mype.

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