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Economía

ONP: si soy aportante y fallezco, ¿a quién le corresponde mi pensión, cuánto y qué requisitos debe cumplir?

¿Qué sucede si un afiliado que estaba aportando a la ONP fallece? Conoce en esta nota los derechos, requisitos y los tipos de beneficiarios que existen en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP).

Existen tres tipos de pensión de sobrevivencia en el sistema nacional: viudez, orfandad y ascendencia. Foto: Andina
Existen tres tipos de pensión de sobrevivencia en el sistema nacional: viudez, orfandad y ascendencia. Foto: Andina

Si un aportante de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) fallece repentinamente, sus deudos deben saber que tienen el derecho a recibir una pensión llamada sobrevivencia, así el asegurado no haya alcanzado aún ser pensionista. Según explica la ONP a La República, entre los beneficiarios directos figuran la pareja que queda en viudez, los hijos menores e hijos mayores en situación de estudiantes o hijos que sufran alguna discapacidad.

Además, en caso de que no exista cónyuge ni hijos de por medio, se otorga una pensión de ascendientes a los padres del fallecido. Las solicitudes se pueden realizar vía online a través de la página web de la ONP. A continuación, te detallamos los requisitos y montos de los tres tipos de pensión que existen en el sistema nacional: viudez, orfandad y ascendencia.

Pensión de viudez

¿Cuáles son los requisitos?
  • El cónyuge o conviviente de la afiliada fallecida debe tener un problema de discapacidad para el trabajo o ser mayor de 60 años. En el caso de que fuera viuda no existe requisito alguno.
  • El matrimonio debe haberse celebrado por lo menos un año antes del fallecimiento del afiliado y antes de que este cumpla 60 años, si fuera hombre, o 50 años, si fuera mujer.
  • La unión de hecho debe haberse producido por lo menos dos años antes del fallecimiento. Si no se realizó la inscripción registral, podrás realizar el reconocimiento en forma judicial.
 La pensión mínima de viudez es de S/350. Foto: Andina

La pensión mínima de viudez es de S/350. Foto: Andina

¿Qué documentos presentar?
  • Solicitud según formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Copia simple del certificado médico de discapacidad emitido por EsSalud, Ministerio de Salud o EPS. (Para el caso del varón)
  • Copia simple del parte policial o certificado de necropsia.
  • Copia simple del certificado médico emitido por el Minsa, EsSalud o EPS (aplica solo para cuando la cónyuge o integrante de la unión de hecho se encuentra en estado de embarazo a la fecha de fallecimiento del asegurado).
  • Copia simple de documentos que acrediten la relación laboral: certificados de trabajo, boletas de remuneraciones, liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales.
¿Cuánto es el monto?

El monto máximo de dicha pensión bajo este régimen es igual al 50% de la pensión que le hubiera correspondido al trabajador. La pensión mínima de viudez es de S/350.

Pensión de orfandad

¿Cuáles son los requisitos?

La pensión de orfandad es un beneficio que se les otorga a los hijos menores de 18 años. También reciben los descendientes con discapacidad mayores de 18 años o los que cursen estudios de nivel básico o superior, siempre que demuestren estar estudiando al cumplir la mayoría de edad.

 La pensión mínima de orfandad es de S/270. Foto: El Peruano

La pensión mínima de orfandad es de S/270. Foto: El Peruano

¿Qué documentos presentar?
  • Solicitud según formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Copia simple de los documentos que acrediten la relación laboral y/o declaración simple que consigne el vínculo laboral.
  • Copia simple del certificado o constancia de estudios, matrícula, ingreso o reporte de notas del centro de estudios.
  • Copia simple del certificado médico de invalidez emitido por EsSalud, establecimientos de salud pública del Minsa o EPS.
¿Cuánto es el monto?

El monto que se le otorga es igual al 50% de la pensión que percibía el titular a la fecha de su fallecimiento. En el caso de orfandad, la pensión mínima es de S/270.

Pensión de ascendencia

La pensión de ascendencia es un beneficio que otorga la ONP a cada padre o madre del asegurado. Sin embargo, hay dos condiciones específicas para que los padres accedan a este tipo de pensión si es que no hubiera beneficiarios de viudez u orfandad.

¿Cuáles son los requisitos?
  • Padres en condición de discapacidad.
  • Padre mayor de 60 y madre con 55 o más años.
  • En ambos casos, los progenitores deben demostrar dependencia económica del causante y no deben percibir rentas superiores al monto de la pensión que le correspondería.
 La pensión mínima para padres del afiliado fallecido es de S/270. Foto: ONP

La pensión mínima para padres del afiliado fallecido es de S/270. Foto: ONP

¿Qué documentos presentar?

Para las pensiones de sobrevivencia, se solicita una declaración jurada en la que se indica la autenticidad de documentos. Cuando se requiera probar la condición de invalidez, se requiere presentar una copia del certificado médico emitido por el Ministerio de Salud, EsSalud o EPS.

¿Cuál es el monto?

El monto que se le otorga es el 20% de la pensión que hubiera recibido el titular fallecido. La pensión mínima de ascendiente es de S/270.