Economía

Declaran ilegal prohibir el cobro de comisiones en seguros de vida

El MTPE puede regular "lo relativo a beneficios sociales", pero no frenar la actividad económica de los corredores de seguros, determinó el Indecopi.

SBS es la única entidad que puede regular la actividad de los corredores de seguros, recordó Indecopi. Foto: referencial
SBS es la única entidad que puede regular la actividad de los corredores de seguros, recordó Indecopi. Foto: referencial

Prohibir que se cobren comisiones a la hora que un ciudadano contrata una póliza de seguro de vida es una barrera burocrática ilegal, según el Indecopi.

A través de la Resolución n.º 0076-2023/SEL-Indecopi, publicada en El Peruano, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) no está facultado para frenar la actividad económica de los corredores de seguros a pesar de "regular lo relativo a los beneficios sociales".

Al respecto, recordaron que la única entidad competente de regular el desempeño de los corredores de seguros es la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que establece las obligaciones, derechos, garantías y condiciones en que deben realizar sus labores.

“En ese sentido, la barrera burocrática cuestionada resulta ser ilegal porque, al imponerla, el referido ministerio ha excedido sus competencias”, acotó el Indecopi.