Empresas que no cubran la cuota de trabajadores con discapacidad pueden ser multadas

Deben acatar esta disposición las empresas con 50 a más trabajadores. Conoce aquí a cuánto asciende la multa y las oportunidades a las que pueden acceder las empresas que cumplan con la norma.

Foto: difusión
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Además de ser una obligación legal tener contratadas personas con discapacidad en no menos de 3% de su población para toda empresa con 50 a más trabajadores, es una excelente oportunidad para apostar por la diversidad impactando positivamente en los colaboradores, las empresas y la sociedad en general, de acuerdo a la consultora Koonsult.

De acuerdo con la Ley General de la Persona con Discapacidad N° 29973, una persona con discapacidad es aquella “que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente, que al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que los demás”.

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Al cierre de 2021, hay 6.258 personas con discapacidad trabajando en el sector privado del territorio nacional, de acuerdo a la fiscalización realizada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

La Ley 29973, además de alinear la organización a una estrategia de Responsabilidad Social, permite acceder a múltiples incentivos bastante atractivos, como por ejemplo:

  • Deducción adicional (gasto) sobre el 50% de las remuneraciones pagadas.
  • Crédito contra el IR de 3% de las remuneraciones del personal discapacitado.
  • Crédito contra el IR respecto al 50% de los gastos vinculados a los ajustes razonables para adecuar el puesto de trabajo.
  • Puntos adicionales en las licitaciones con el Estado y preferencia en caso de empate.

¿A cuánto asciende la multa por no cubrir la cuota de trabajadores con discapacidad?

Las empresas de más de 50 trabajadores que no cumplan con la cuota obligatoria de empleos para las personas con discapacidad podrían ser multadas hasta con S/ 69.000 (15 UIT).

La fiscalización del cumplimiento de la cuota de empleo se inicia en enero de cada año, con base en la verificación de la información consignada en la Planilla Electrónica del año anterior.

Es importante mencionar que el proceso de fiscalización no pretende sancionar a los empleadores que no alcancen la cuota de empleo (3%), sino a aquellos que no han realizado acciones concretas en este sentido.

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