Feriado del 6 de agosto: ¿descanso fue válido para el sector privado y público?
Si te tocó trabajar en este día, revisa cuánto deberías recibir como pago adicional. Este año se añadieron dos nuevos feriados al calendario oficial: 6 de agosto y 9 de diciembre.
Este sábado 6 de agosto fue declarado como feriado nacional mediante la Ley 31530, publicada en el diario oficial El Peruano el último 26 de julio. Esta norma establece el descanso obligatorio para entidades e instituciones públicas en conmemoración de la Batalla de Junín.
Asimismo, el pasado 31 de diciembre de 2021 se oficializó la ley Nº 31381, que proclama al 9 de diciembre también como un nuevo feriado nacional, esta vez, en conmemoración a la Batalla de Ayacucho.
Muchos ciudadanos recién se están enterando de estos nuevos feriados, y por ello, han surgido dudas sobre si la aplicación de estos días libres también alcanza al sector privado, así como si los pagos salariales que corresponden por ley para los que laboren en feriados también se aplicarán. A continuación te lo contamos.
¿El feriado del 6 de agosto aplica también para el sector privado?
Sí, este sábado 6 de agosto fue feriado tanto para el sector público como para el privado. La República consultó con Ricardo Herrera, abogado laboralista, para aclarar el tema.
“Si bien es cierto el artículo 1 de la ley que declara el 6 de agosto como feriado solamente se refiere al sector público, el artículo 2 modifica la ley de descansos remunerados, que es el Decreto Legislativo 713, y en esa modificatoria incluye esta fecha como feriado. De esta forma queda demostrado que también para el sector privado es día feriado nacional”, señaló el especialista.
Es así que, según el Decreto Legislativo N.º 713, este 6 de agosto los trabajadores que laboren en de forma remota, presencial o semipresencial les corresponde su sueldo más un doble de esta remuneración si es que no han negociado un descanso sustitutorio con su empleador.
Foto: Feriados
¿El feriado del 9 de diciembre será también para el sector privado?
Sí, así como el feriado de este 6 de agosto, el del 9 de diciembre también aplica para el sector privado y público. Por lo que, los trabajadores tienen los mismos derechos que en otros feriados del año.
“Ambos feriados —6 de agosto y 9 de diciembre— también son feriados para el sector privado, a diferencia de lo que ha ocurrido en algunas ocasiones cuando se da un día no laborable para el sector público y opcional para el sector privado, aquí estamos hablando de feriados para ambos sectores”, enfatizó el abogado laborista Ricardo Herrera.
Con 95 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones, el Pleno del Congreso de la República aprobó, en segunda votación, el texto de los PL 663 y 684, que propone declarar feriado nacional el 9 de diciembre en conmemoración de la Batalla de Ayacucho, que consolidó la independencia de América.
¿Cómo impacta en la economía la promulgación de nuevos feriados?
Para Luis Enrique Mendiola, profesor de Finanzas de ESAN Graduate School of Business, este nuevo feriado decretado para el sábado 6 de agosto tendría más aspectos negativos que positivos para la economía del Perú.
“Este feriado no se va notar porque cae fin de semana, el efecto se diluye. Si fuera en otras circunstancias—como un feriado largo— entonces habría una pequeña contribución”, indicó el especialista a La República. “De cierta manera estás afectando inversiones y a una gran bolsa de actividades, como el sector servicio y construcción. Este tipo de medidas si es que no van acompañadas de una facilitación para favorecer la inversión pues son un perjuicio”, reiteró.
Por su parte, José Oscátegui Arteta, economista y docente de la PUCP, coincidió en que en el momento actual en que se encuentra el Perú más feriados no contribuyen al crecimiento económico del país.
“Se ha perdido mucho con la pandemia y ahora se está perdiendo todavía más con la crisis y recesión internacional como la guerra Rusia-Ucrania, subida de tasas de interés en EEUU y Europa, inflación, entre otros”, señaló a este medio. “En general, los países no deben tener muchos feriados, pues la producción, el PBI (el ingreso de todos) sufren”, reafirmó.
No obstante, ambos economistas coinciden también en que los aspectos positivos se dan más a nivel emocional: poder pasar más tiempo en familia o descansar también son vertientes importantes de la vida cotidiana. Además, hay sectores que se ven favorecidos con estas fechas libres, como el turismo y transporte interno, la gastronomía y el entretenimiento.
“Como la vida no es solo estar preocupados por el PBI, los feriados, aparte de significar días adicionales de descanso, cumplen la función de, por ejemplo, recordar fechas que deben ser celebradas por toda la comunidad (fiestas patrias, combate de Angamos, jura de la bandera) que pueden tener también algún sentido económico, pues puede fortalecer la conciencia de que se tiene orígenes y futuro comunes, unidad nacional”, concluyó Oscategui.
¿Cuánto me corresponde recibir de pago si trabajo en feriados?
Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), detalló los casos a tomar en consideración a la hora de calcular cuánto te corresponde de pago si trabajas en feriados. Revísalos a continuación:
- Los feriados remunerados: los feriados nacionales, como el del 6 de agosto, aplican a los trabajadores públicos y privados. Recuerda que estos feriados son remunerados sin la obligación de prestar servicios al empleador.
- Si trabajas en feriados sin descanso sustitutorio: los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar en estas fechas, sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por dicho feriado triple remuneración diaria: una por el feriado y otra con la sobretasa del 100% por haber trabajado en día feriado.
- Si trabajas en feriado con descanso sustitutorio: recuerda que los trabajadores que acuerden laborar en dicho feriado con descanso sustitutorio percibirán su remuneración normal.
- Si trabajas de forma remota: así como en los casos presenciales, a los trabajadores que vienen realizando trabajo de manera remota también les corresponde el feriado. Por tanto, tienen derecho a percibir su remuneración sin trabajar. En caso se llegue a un acuerdo con su empleador que laborará en dicho feriado sin descanso sustitutorio, les corresponde también el pago triple de su remuneración diaria.
- Si estoy con descanso médico durante el feriado: los trabajadores que durante los feriados se encuentren con descanso médico, que coincide con los primeros 20 días de descanso en el año 2022, deberán recibir el pago del feriado sin haber laborado. En tanto, si el reposo es a partir del día 21, el empleador paga el feriado, no como remuneración, sino como subsidio.
- Si estoy de vacaciones durante los feriados: los trabajadores que durante el feriado por Fiestas Patrias están gozando de vacaciones anuales no tienen derecho al pago de remuneración adicional. Esto se debe a que en su remuneración vacacional ya se debe incluir el feriado.
¿Cuántos feriados hay en el Perú?
En total, contando los nuevos feriados del 6 de agosto y 9 de diciembre, este 2022 se han establecido 14 feriados a nivel nacional. Esto lleva al Perú a ser uno de los países con más feriados en la región, ubicándose en quinto lugar de los diez principales países en Sudamérica con más días libres, según la investigación elaborada por la red de verificación Latam “Chequea” de Ojo Público.
¿Cuáles son los próximos feriados en el Perú ?
En total faltan siete feriados contando es de este sábado 6 de agsoto, según el portal oficial del Estado.
- Sábado 6 de Agosto: Batalla de Junín
- Martes 30 Agosto: Santa Rosa de Lima
- Sábado 8 Octubre: Combate de Angamos
- Martes 1 Noviembre: Día de Todos los Santos
- Jueves 8 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
- Viernes 9 Diciembre: Batalla de Ayacucho
- Domingo 25 Diciembre: Navidad
¿Qué feriados ya han pasado?
- Sábado 1 de Enero: Año Nuevo
- Jueves 14 de Abril: Jueves Santo
- Viernes 15 Abril: Viernes Santo
- Domingo 1 Mayo: Día del Trabajo
- Miércoles 29 Junio: Día de San Pedro y San Pablo
- Jueves 28 Julio: Fiestas Patrias
- Viernes 29 Julio: Fiestas Patrias
Banco de la Nación acatará el feriado del 6 de agosto y no atenderá en sus agencias
El Banco de la Nación anunció que su personal acatará el feriado del 6 de agosto, dispuesto por el Gobierno para conmemorar el 198 aniversario del la Batalla de Junín. Por ello no atenderán de manera presencial en sus agencias, pero recomiendan en uso de sus canales digitales, agentes y cajeros Multired.
“El Banco de la Nación informa a sus clientes y usuarios que el día sábado 6 de agosto acatará el nuevo feriado, declarado bajo Ley N° 31530, con el fin de conmemorar el 198 aniversario de la Batalla de Junín que selló la independencia del Perú”, indicaron en un comunicado.
La entidad financiera recomienda realizar operaciones bancarias mediante sus canales virtuales. Foto: La República