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Economía

Feriado nacional el 6 de agosto: empleados que laboren este sábado recibirán hasta triple pago

¿Trabajas este sábado? Revisa cuánto te corresponde cobrar si trabajas en esta fecha, que ha sido declarada recientemente por el Gobierno como feriado nacional.

En agosto habrá dos feriados a nivel nacional: 6 y 30 de agosto. Foto: Composición LR/Andina/ sdarc
En agosto habrá dos feriados a nivel nacional: 6 y 30 de agosto. Foto: Composición LR/Andina/ sdarc

El último 26 de julio se publicó la Ley 31530 en el diario oficial El Peruano, mediante la cual se establece que el sábado 6 de agosto es feriado nacional en conmemoración de la Batalla de Junín. Para ello se modifica el sexto artículo del Decreto Legislativo 713, lo que suma esta fecha al calendario de los feriados antes establecidos.

El esa línea, el abogado laboralista Ricardo Herrera aclaró que este feriado se aplica tanto al sector público como al privado.

“Si bien es cierto el artículo 1 de la ley que declara el 6 de agosto como feriado solamente se refiere al sector público, el artículo 2 modifica la ley de descansos remunerados, que es el Decreto Legislativo 713, y en esa modificatoria incluye esta fecha como feriado. De esta forma queda demostrado que también para el sector privado es día feriado nacional”, señaló a La República.

No obstante, muchos ciudadanos recién están tomando conocimiento de este feriado, por ello, es importante recordar que, según el Decreto Legislativo antes mencionado, en todas fechas establecidas como tal los trabajadores que laboren esos días reciben hasta triple remuneración o tienen derecho a un descanso sustitutorio.

Revisa en qué casos y cuánto te corresponde de pago si trabajas este sábado 6 de agosto.

6 de agosto feriado

Revisa todos los detalles acerca de este nuevo feriado nacional decretado por el gobierno. Foto: composición de Jazmín Ceras/La República

¿Cuánto me corresponde de pago si trabajo el feriado del 6 de agosto?

Los empleados, tanto del sector público como del privado, que laboren en feriado de forma remota, presencial o semipresencial recibirán hasta el triple de remuneración si es que no han negociado un descanso sustitutorio con el empleador, según el Decreto Legislativo N.º 713.

De esta forma, aquellos que trabajen sin descanso sustitutorio recibirán el equivalente a dos remuneraciones diarias adicionales a su sueldo y una tercera que es la que va implícita en el pago mensual por el mismo feriado. Por ello, un empleado que labore en estas fechas recibiría el triple de su sueldo: el pago por el día laborado más una sobretasa del 100%, que es la doble remuneración diaria por ese día.

Además, Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), indicó que hay otros casos a tomar en consideración a la hora de calcular cuánto te corresponde de pago. Revísalos a continuación:

  • Los feriados remunerados: los feriados nacionales, como el del 6 de agosto, aplican a los trabajadores públicos y privados. Recuerda que estos feriados son remunerados sin la obligación de prestar servicios al empleador.
  • Si trabajas en feriados sin descanso sustitutorio: los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar en estas fechas, sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por dicho feriado triple remuneración diaria: una por el feriado y otra con la sobretasa del 100% por haber trabajado en día feriado.
  • Si trabajas en feriado con descanso sustitutorio: recuerda que los trabajadores que acuerden laborar en dicho feriado con descanso sustitutorio percibirán su remuneración normal.
  • Si trabajas de forma remota: así como en los casos presenciales, a los trabajadores que vienen realizando trabajo de manera remota también les corresponde el feriado. Por tanto, tienen derecho a percibir su remuneración sin trabajar. En caso se llegue a un acuerdo con su empleador que laborará en dicho feriado sin descanso sustitutorio, les corresponde también el pago triple de su remuneración diaria.
  • Si estoy con descanso médico durante el feriado: los trabajadores que durante los feriados se encuentren con descanso médico, que coincide con los primeros 20 días de descanso en el año 2022, deberán recibir el pago del feriado sin haber laborado. En tanto, si el reposo es a partir del día 21, el empleador paga el feriado, no como remuneración, sino como subsidio.
  • Si estoy de vacaciones durante los feriados: los trabajadores que durante el feriado por Fiestas Patrias están gozando de vacaciones anuales no tienen derecho al pago de remuneración adicional. Esto se debe a que en su remuneración vacacional ya se debe incluir el feriado.

¿Cuántos feriados hay en agosto?

Según lo establecido por el Gobierno, en agosto se darán dos feriados: sábado 6 (Batalla de Junín) y el lunes 30 de agosto (día de Santa Rosa de Lima).

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¿Los feriados del 6 de agosto y 9 de diciembre serán para el sector privado y público?

Así como este sábado 6 de agosto ha sido declarado como feriado nacional, el Ejecutivo también ha establecido un segundo nuevo feriado en conmemoración a la Batalla de Ayacucho: el 9 de diciembre.

“Ambas fechas —6 de agosto y 9 de diciembre— también son feriados para el sector privado, a diferencia de lo que ha ocurrido en algunas ocasiones cuando se da un día no laborable para el sector público y opcional para el sector privado, aquí estamos hablando de feriados para ambos sectores”, enfatizó el abogado laborista Ricardo Herrera.

Foto: Feriados

Foto: Feriados

¿Por qué se ha declarado feriado este 6 de agosto?

La parlamentaria de la bancada de Perú Libre Silvana Emperatriz presentó este proyecto de ley con el fin de conmemorar el bicentenario de la independencia del Perú y la Batalla de Junín, llevada a cabo el 6 de agosto de 1824. Este hecho es considerado como trascendente en la consolidación de la independencia del Perú de la Corona de España.

Aprueban dictamen que declara feriado nacional el 6 de agosto por la Batalla de Junín

Aprueban dictamen que declara feriado nacional el 6 de agosto por la Batalla de Junín

¿Cuáles son los próximos feriados en el Perú ?

En total faltan siete feriados contando es de este sábado 6 de agsoto, según el portal oficial del Estado.

  • Sábado 6 de Agosto: Batalla de Junín
  • Martes 30 Agosto: Santa Rosa de Lima
  • Sábado 8 Octubre: Combate de Angamos
  • Martes 1 Noviembre: Día de Todos los Santos
  • Jueves 8 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
  • Viernes 9 Diciembre: Batalla de Ayacucho
  • Domingo 25 Diciembre: Navidad

¿Qué feriados ya han pasado?

  • Sábado 1 de Enero: Año Nuevo
  • Jueves 14 de Abril: Jueves Santo
  • Viernes 15 Abril: Viernes Santo
  • Domingo 1 Mayo: Día del Trabajo
  • Miércoles 29 Junio: Día de San Pedro y San Pablo
  • Jueves 28 Julio: Fiestas Patrias
  • Viernes 29 Julio: Fiestas Patrias

¿Cuántos feriados hay en el Perú?

En total, contando los nuevos feriados del 6 de agosto y 9 de diciembre, este 2022 se han establecido 14 feriados a nivel nacional. Esto lleva al Perú a ser uno de los países con más feriados en la región, ubicándose en quinto lugar de los diez principales países en Sudamérica con más días libres, según la investigación elaborada por la red de verificación Latam “Chequea” de Ojo Público.

¿Qué días son feriados por Fiestas Patrias 2022?

Las Fiestas Patrias traen dos días feriados para los sectores público y privado. Foto: composición de Jazmín Ceras / La República / Freepik

¿Cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable?

Los días feriados se establecen de acuerdo al Decreto Legislativo N° 713, de esta forma se repiten todos los años en la misma fecha y el descanso es de carácter obligatorio y aplicable para todos los trabajadores, tanto del sector privado como del público.

Por otro lado, los días no laborables, a diferencia de los feriados, se establecen en función a circunstancias coyunturales. Además, su obligatoriedad solamente aplica para el sector público, mientras que en el privado depende del acuerdo entre empleador y trabajadores.

Los feriados son fechas reiterativas cada año, mientras que los días no laborables responden a las coyunturas del país.  Foto: Andina

Los feriados son fechas reiterativas cada año, mientras que los días no laborables responden a las coyunturas del país. Foto: Andina