Proponen descuento de hasta 10% para que grandes empresas paguen deudas tributarias
Iniciativa de Perú Libre incluye a las deudas superiores o iguales a S/ 92.000 que se encuentren en procesos administrativos o judiciales.
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El congresista Américo Gonza Castillo, de la bancada de Perú Libre, presentó el jueves 16 de junio el Proyecto de Ley n.° 2360/2021-CR que establece medidas excepcionales para cobrar las deudas tributarias a las grandes empresas.
La iniciativa del oficialista tiene como objetivo generar ingresos económicos al erario nacional para atenuar la crisis económica que enfrenta el país derivada de factores externos e internos. Para ello, propone cobrar las deudas tributarias administradas por la Sunat mayores o iguales a los S/ 92.000 (20 UIT) que se encuentren en procesos administrativos o judiciales.
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En ese sentido, las empresas deudoras podrán acogerse a dos modalidades de pago. La primera será un solo pago al contado con la reducción del 10% de la deuda original. En tanto, la segunda contempla un pago fraccionado de hasta ocho cuotas: la primera deberá ser el 30% de la deuda total, el 70% de lo que queda pendiente podrá ser dividido hasta en siete cuotas.
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La propuesta legal señala que las empresas tendrán un mes para elegir cualquier modalidad de pago, de lo contrario el Estado estará facultado a realizar las siguientes acciones:
- Incautación de bienes muebles e inmuebles.
- Bloqueo de cuentas bancarias en territorio nacional y pedido del bloqueo de cuentas a nivel internacional.
- Las empresas deudoras no podrán contratar con el Estado en todo el territorio nacional y en todos los niveles de Gobierno (nacional, regional y local).
- Cierre de operaciones de las empresas deudoras.
- Se procederá a la suspensión temporal o definitiva del Registro Único de Contribuyente (RUC) por la Superintendencia de Administración Tributaria.
- Las empresas deudoras no podrán cambiar de razón social sin antes pagar las deudas tributarias al Estado.
- Los gerentes, accionistas, directivos y otros que formen parte de su directorio, no podrán vender en parte o el total de los bienes y activos de las empresas con deudas tributarias.





















