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Economía

Proponen descuento de hasta 10% para que grandes empresas paguen deudas tributarias

Iniciativa de Perú Libre incluye a las deudas superiores o iguales a S/ 92.000 que se encuentren en procesos administrativos o judiciales.

Iniciativa pertenece a  Américo Gonza Castillo de Perú Libre. Foto: Andina
Iniciativa pertenece a Américo Gonza Castillo de Perú Libre. Foto: Andina

El congresista Américo Gonza Castillo, de la bancada de Perú Libre, presentó el jueves 16 de junio el Proyecto de Ley n.° 2360/2021-CR que establece medidas excepcionales para cobrar las deudas tributarias a las grandes empresas.

La iniciativa del oficialista tiene como objetivo generar ingresos económicos al erario nacional para atenuar la crisis económica que enfrenta el país derivada de factores externos e internos. Para ello, propone cobrar las deudas tributarias administradas por la Sunat mayores o iguales a los S/ 92.000 (20 UIT) que se encuentren en procesos administrativos o judiciales.

En ese sentido, las empresas deudoras podrán acogerse a dos modalidades de pago. La primera será un solo pago al contado con la reducción del 10% de la deuda original. En tanto, la segunda contempla un pago fraccionado de hasta ocho cuotas: la primera deberá ser el 30% de la deuda total, el 70% de lo que queda pendiente podrá ser dividido hasta en siete cuotas.

La propuesta legal señala que las empresas tendrán un mes para elegir cualquier modalidad de pago, de lo contrario el Estado estará facultado a realizar las siguientes acciones:

  • Incautación de bienes muebles e inmuebles.
  • Bloqueo de cuentas bancarias en territorio nacional y pedido del bloqueo de cuentas a nivel internacional.
  • Las empresas deudoras no podrán contratar con el Estado en todo el territorio nacional y en todos los niveles de Gobierno (nacional, regional y local).
  • Cierre de operaciones de las empresas deudoras.
  • Se procederá a la suspensión temporal o definitiva del Registro Único de Contribuyente (RUC) por la Superintendencia de Administración Tributaria.
  • Las empresas deudoras no podrán cambiar de razón social sin antes pagar las deudas tributarias al Estado.
  • Los gerentes, accionistas, directivos y otros que formen parte de su directorio, no podrán vender en parte o el total de los bienes y activos de las empresas con deudas tributarias.