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Economía

Conoce cómo inscribir tu testamento para que sea válido en Sunarp

Toda persona puede hacer un testamento a través de un notario e inscribirlo en Sunarp. El registro cuesta S/22.

El testamento más empleado por las personas es aquel que se otorga por escritura pública. Foto: Envato
El testamento más empleado por las personas es aquel que se otorga por escritura pública. Foto: Envato

Son pocos los peruanos que dejan un testamento para distribuir ordenadamente sus bienes y evitar futuros conflictos familiares. Ello se ve reflejado en el número de testamentos inscritos en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp): entre enero y noviembre de 2020 se registraron 4.935 personas, una cifra significativamente menor frente a las 81.216 sucesiones intestadas —proceso que realizan los deudos para recibir legamente una herencia— tramitadas en el mismo lapso.

De allí la importancia de elaborar un testamento e inscribirlo en la Sunarp, pues solo de esta manera se otorga legitimidad a la voluntad de la persona fallecida.

El testamento es un acto unilateral y solemne mediante el cual una persona manifiesta su voluntad para decidir la manera de ordenar y distribuir su patrimonio. La voluntad testamentaria puede ser otorgada mediante testamento cerrado, testamento por escritura pública, testamento ológrafo o por testamentos especiales como el marítimo o el milita.

El testamento más empleado por las personas es aquel que se otorga por escritura pública, además su otorgamiento y ampliación se pueden inscribir a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), plataforma tecnológica que posibilita a los notarios tramitar el procedimiento registral electrónicamente. Estos son los pasos que debes seguir para realizar una inscripción:

  • Acude al notario de tu elección para dar a conocer tu voluntad. Es necesario que te encuentres acompañado de dos testigos durante el acto testamentario. Estos no pueden ser familiares ni beneficiarios del testador.
  • El testamento es redactado y leído por el notario en presencia de los testigos. Una vez leído y aprobado por el testador; los testigos, así como el notario y el testador, deberán firmar el documento.
  • El notario, a través del SID-Sunarp, solicita la inscripción del otorgamiento del testamento, el cual solo contiene la fecha del otorgamiento, el nombre del testador, los testigos y del notario (no hay contenido del testamento).
  • Producido el fallecimiento del testador, el notario solicita al registro, a través del SID-Sunarp, la inscripción del parte notarial de la ampliación de testamento. En dicho documento constan todas las disposiciones testamentarias.

Otros datos:

  • Mientras el testador esté vivo, el notario no puede dar información sobre el contenido del testamento. En caso de que los parientes busquen información, deberán solicitarla al registro donde solo se les indicará la existencia o no de un testamento mediante un certificado positivo o negativo de testamento (puede solicitarse a través del SPRL).
  • Las personas con algún tipo de discapacidad pueden otorgar testamento por escritura pública a través de ajustes razonables o personas de apoyos para la manifestación de voluntad.
  • El costo de inscripción de un testamento en la Sunarp es S/ 22 (no incluyen los gastos notariales) y el plazo de inscripción es de tres a siete días hábiles.

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