Ejecutivo amplía el trabajo remoto hasta el 31 de julio de 2021 con derecho a la desconexión laboral
Norma establece que el empleador no puede exigir al trabajador la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral durante el tiempo de desconexión.
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El Poder Ejecutivo dispuso la ampliación de la vigencia del trabajo remoto para el sector público y privado hasta el 31 de julio de 2021.
“Facúltase a los empleadores del sector público y privado a modificar el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores para implementar el trabajo remoto”, precisa un decreto de urgencia publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
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Asimismo, se dispone que el empleador está obligado en respetar el derecho a la desconexión digital del trabajador. De esta manera, no se puede exigir al trabajador la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral durante este tiempo.
“Por el cual este último tiene derecho a desconectarse de los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos utilizados para la prestación de servicios durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral”, precisa la norma.
Para el caso del sector privado, se debe observar las disposiciones sobre jornada máxima de trabajo que resulten aplicables conforme a las normas del régimen laboral correspondiente.
Tratándose de trabajadores no comprendidos en la jornada máxima de trabajo, el tiempo de desconexión debe ser de al menos 12 horas continuas en un periodo de veinticuatro horas, además de los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral.
Mientras que para el caso del sector público, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) podrá emitir disposiciones complementarias sobre la presente materia.
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