FAE-Mype: Los 10 cambios al programa de financiamiento a mypes
Cabe indicar que para acceder a los créditos de este programa, los microempresarios deberán contar con una clasificación de riesgo “Normal” o “CPP” en el sistema financiero.
A casi de un mes de su lanzamiento, el Gobierno peruano decidió hacer cambios al Fondo de Apoyo Empresarial (FAE-Mype), que a la fecha atendió a más de 39 mil micro y pequeñas empresas del país.
Cabe indicar que en Perú, se estima que existan más de 2 millones de mypes, de los cuales, 1.9 millones son personas naturales, según datos de la Asociación de Emprendedores del Perú.
Los cambios
1. Monto del fondo: El FAE-Mype ahora contará con un fondo total de 800 millones de soles, con una posibilidad de apalancamiento de cinco veces por parte de las entidades financieras, por lo que se proyecta entregar un financiamiento total de 4 mil millones de soles.
2. ¿Qué entidades podrán entregar el crédito?: Todas que tengan una clasificación de riesgo igual o mejor a C, vigente al 29 de febrero de 2020. Y las que tienen una clasificación mayor podrán acceder a programa siempre y cuando constituya un fideicomiso en garantía a favor de COFIDE. Las Cooperativas supervisadas también participan.
3. Competitividad en tasas de interés: Según el decreto de urgencia publicado este lunes, COFIDE determinará la asignación de las líneas de crédito en el marco de FAE-MYPE en función a los beneficios o reducción de tasas que la empresas financieras o la COOPAC aplique al beneficiario final. Podría ser por método de subasta, como en Reactiva Perú.
4. Uso de los créditos: Un cambio clave es la utilización de los recursos que se otorguen como préstamos a las mypes, pues antes se autorizaba a usarlo como capital de trabajo o para la reprogramación de deudas. Ahora será sólo para capital de trabajo.
5. Límites de la garantía: Al cambiar el objetivo del programa, también cambió el monto de las garantías, que ahora cubrirán como máximo el monto equivalente a dos veces el promedio mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la MYPE en el 2019. Para dicho limite no se consideran los créditos de consumo, ni hipotecarios para vivienda.
6. Límites individuales: Si bien antes el monto de la garantía llegaba al 70% para créditos otorgados hasta por S/30 mil soles y de 30% para créditos de entre 60 mil a 90 mil soles. Ahora será:
a) Hasta 10 mil soles con una cobertura de 98% de la cartera por deudor.
b) Desde 10 mil soles a 30 mil soles con una cobertura de 90% de la cartera por deudor.
La garantía se activará a los 90 días calendario de atraso de los créditos otorgados y el pago se realiza a los 30 días calendario.
7. Período de gracia: se amplió de seis a 12 meses el período de gracia
8. Requisitos para acceder al FAE-Mype. Aquellos que:
a) Obtengan créditos para capital de trabajo a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, según los parámetros establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para créditos a microempresas y pequeñas empresas; o,
b) Se encuentren clasificadas en el Sistema Financiero, al 29 de febrero de 2020 en la Central de Riesgo de la SBS, en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP). En caso de no contar con clasificación a dicha fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” durante los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo.
En caso la MYPE se financie a través de una COOPAC y no cuente con información en la Central de Riesgo de la SBS, el criterio de elegibilidad podrá establecerse en el Reglamento Operativo.
9. Límites para ser beneficiario: No podrán acceder aquellas empresas que ya hayan recibido financiamiento de Reactiva Perú. Asimismo, aquellas que se encuentren vinculadas a las empresas del sistema financiero y a las COOPAC otorgantes del crédito.
10. Importante: Los cambios que se han establecido en el decreto publicado este lunes no afecta a los créditos otorgados por FAE-Mype, y que ala fecha, suma casi 39 mil pequeñas y microempresas.