Laboral: ¿Qué derechos me corresponden cuando soy practicante?
¿Me deben pagar más? ¿Cuántas horas trabajo? ¿Cómo se si están violentados mis derechos? Todos los detalles en esta nota.
Hace unos días, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil informó cuáles son los derechos básicos que deben tener los jóvenes que hoy realizan sus prácticas pre y profesionales en una institución.
Cabe recordar que las modalidades formativas laborales, es decir, las prácticas pre profesionales y profesionales, se realizan mediante un convenio entre la institución educativa del estudiante y las empresas o instituciones, que aceptan su colaboración a manera de aprendizaje.
Pero, ¿qué derechos me corresponden?
1. Las prácticas no generan vínculo laboral con la empresa.
2. Las prácticas pre profesionales tienen una jornada laboral de 30 horas semanales o 6 horas diarias.
3. En cambio, las prácticas profesionales tienen una jornada de 8 horas diarias o 48 semanales.
4. Debe existir un convenio suscrito entre el empleador y la institución educativa del practicante.
5. El tiempo de duración del convenio para un practicante pre profesional es proporcional a la duración de la formación y al nivel de la calificación de la ocupación.
6. Mientras que el tiempo de duración del convenio de prácticas profesionales es de máximo 12 meses, salvo que se determine una ampliación.
7. El sueldo no puede ser menor que la Remuneración Mínima Vital (930 soles actualmente).
8. La norma también ordena que el descanso semanal y los feriados no laborables sean debidamente subvencionados.
Sanción administrativa
Cabe señalar que las modalidades formativas se desnaturalizan y pueden incurrir en sanción administrativa, cuando no existe un convenio debidamente suscrito; cuando no se le brinda al estudiante la capacitación en una ocupación específica; cuando a pesar que ha vencido el plazo del convenio, el estudiante sigue en la modalidad formativa, entre otros.