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Economía

Un 70% de inquilinos se va sin pagar deudas

Medidas. En el programa RTV Economía, abogados analizaron la ley de desalojo notarial cuya finalidad es desalojar a inquilinos morosos de forma más rápida. A pocos meses de su entrada en vigencia consideran que la norma no es 100% efectiva.

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Por: Magda Quispe Ch.

Franklin Ocampo: “No todos pueden acceder a ley de desalojo notarial”

Abogado del estudio Torres y Torres Lara

Todo dependerá del tipo de contrato que se tenga suscrito entre el arrendador y el arrendatario. En el mes de abril se aprobó la última ley llamada “desalojo notarial” que nos permite de manera más rápida desalojar a un inquilino moroso pero para ello es importante la celebración del contrato porque no todos los arrendadores tienen la posibilidad de acceder a esta ley porque el contrato debe cumplir ciertas formalidades. No se aplica a todos los contratos suscritos posteriores a la ley porque deben cumplir con ciertos requisitos y condiciones para acceder a la ley. Por ejemplo, hay que celebrarlo por escritura pública o un formato único de arrendamiento que debe llevar una firma legalizada ante un notario público y ello puede llevar a un tipo de encarecimiento.

Por ello, un punto de partida importante es la garantía, además de evaluar al potencial inquilino y el arrendador debería incorporar en una cláusula del contrato las condiciones para paliar futuros problemas.

Son dos momentos importantes que debe considerar el arrendador, que es la celebración del contrato, para ello debe asesorarse adecuadamente. Luego el segundo momento es la ejecución del contrato o elegir el procedimiento de desalojo a seguir ante eventuales incumplimientos del inquilino moroso. Hay que resaltar lo importante que es la asesoría de un experto en la materia.

Allan Muñoz: “Lo más recomendable es investigar al inquilino”

Abogado del estudio Muñoz - Linares

Un 70% de inquilinos se va de la casa sin pagar, es decir, 1 de cada 4 inquilinos cae en morosidad, lo que significa que hay un problema de informalidad en el país. La ley de desalojo notarial es un primer paso pero no soluciona la morosidad porque se exigen requisitos para su acceso y tendrá que tener asesoría notarial y de un abogado ya que una de las exigencias es que sea a través de la escritura pública. Asimismo, el predio debe estar inscrito pero en un país informal nos preguntamos ¿cuántos inmuebles están saneados e independizados? Para no tener un inquilino moroso lo mejor es investigar al inquilino así como lo hacen los bancos antes de dar un crédito. Hay que investigarlo, si es una empresa podemos acudir al PDT y en el caso de que sea una persona natural puedes ir a Infocorp, para ver si tiene solvencia. Las únicas causales por las cuales impera la ley mencionada son por el vencimiento de contrato o no pago a la renta pero encontramos otra falencias como qué pasa si el inquilino no tiene buenas costumbres, eso no está especificado en la norma.

Lo recomendable es que cada persona que quiere alquilar un inmueble haga un contrato de acuerdo a sus necesidades.

Es importante resaltar que para que la ley sea efectiva tu predio debe estar saneado e independizado y los pagos deberán ser bancarizados.

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