Economía

Fiestas Patrias: ¿Cuánto me deben de pagar si trabajo el 28 y 29 de julio?

Además de los feriados nacionales, el gobierno declaró este viernes a partir del mediodía como jornada no laborables y el sábado 27 y Martes 30 como días no laborables

Fiestas Patrias: ¿Cuánto me deben de pagar si trabajo el 28 y 29 de julio?
Fiestas Patrias: ¿Cuánto me deben de pagar si trabajo el 28 y 29 de julio?

Por motivo de las Fiestas Patrias, este 28 y 29 de julio es feriado nacional, por lo que nadie debería trabajar, tanto en el sector público como en el privado. Pero, ¿Qué ocurre si mi empleador me dice que venga a trabajar en esos días?.

Según el abogado laboralista Germán Lora, si alguien del sector privado trabaja en esos días, el empleador tendrá que pagar una triple remuneración: una remuneración diaria por el feriado, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día.

Por ejemplo, si un trabajador percibe 100 soles diarios, sin laborar el feriado su pago será de S/ 100 por cada feriado. Pero en el caso que trabaje el feriado con descanso sustitutorio percibirá un pago de S/ 100 por cada feriado (que viene incluido en la boleta de pago) pero si labora el feriado sin descanso sustitutorio el trabajador percibirá una triple remuneración, es decir, S/ 100 por el feriado, S/ 100 por el trabajo realizado y S/ 100 por haber laborado en día feriado.

Sin embargo habría una excepción para que no se pague este adicional, el laboralista explica que si en caso el trabajador labora el 28 y 29 de julio pero luego el empleador lo compensa en otras fechas, ahí no habría motivo para que la empresa pague de más por haber trabajado en feriado.

¿Y que pasa con el sector público?

Para los trabajadores del sector público, el escenario es distinto, ya que nunca hay pago por horas extras ni por trabajar en feriado, por lo que la gran parte de sus trabajadores descansan en estas fechas, sin embargo hay algunas excepciones como son las enfermeras, doctores, policías, entre otros, en donde si se llegase a trabajar en estos días y le correspondía su descanso semanal obligatorio, se tendrá que compensar.

Días no laborables

Respecto a los días no laborables que ha decretado el Ejecutivo por los Juegos Panamericanos, en donde este viernes a partir del mediodía se considera como jornada no laborable y el sábado 27 como día no laborable, ambos para Lima Metropolitana y Callao, y considerando a nivel nacional como día no laborable el martes 30 de julio, el experto indica que estas fechas son compensables.

Es decir, que si en el sector privado y público se trabaja en esos días, no se recibe ningún adicional.